en la frontera

Servicio público y derecho administrativo

Quienes nos dedicamos al estudio del Derecho Administrativo hemos señalado muchas veces que nuestra disciplina se caracteriza por hundir sus raíces en las movedizas arenas de la realidad, de forma que los diferentes sentidos e interpretaciones existentes son deudores precisamente del cambiante marco constitucional en el que discurren.

Quizás, por ello, el proceso de racionalidad, de aggiornamiento de estos conceptos que hoy nos toca vivir, es una oportunidad para seguir defendiendo el Derecho Administrativo como el derecho del poder público para la libertad solidaria de los ciudadanos, de manera que la función de garantía de esa libertad solidaria, en el marco del Estado social, es su principal señal de identidad.

Ciertamente, si alguien puede detener el fundamentalismo económico en la vida social es un Derecho Administrativo para el que la clave, en materia de servicios públicos –en sentido amplio–, sea concebir y diseñar regímenes jurídicos de servicios públicos que mejoren las condiciones de vida de los ciudadanos.

Este es el punctum dolens de nuestra reflexión: lo decisivo no es quién preste el servicio, sino que quien lo haga, Estado o particulares, promuevan la libertad solidaria de los ciudadanos o, si se quiere, posibiliten un mejor ejercicio de los derechos por parte de las personas. Es decir, que influya favorablemente en las condiciones de vida de las personas y promueva la elección de los servicios.

TE PUEDE INTERESAR