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El detalle que puede adelantar la jubilación anticipada y muchos desconocen

Un cambio reciente en la normativa puede marcar la diferencia para quienes quieran retirarse antes de tiempo

La edad mínima para acceder a la jubilación anticipada voluntaria ha sufrido una modificación en 2025. Desde enero, se han añadido dos meses más a la edad requerida para quienes no alcanzan determinados periodos de cotización.

De este modo, las personas con menos de 38 años y 3 meses cotizados solo podrán retirarse de forma anticipada a partir de los 64 años y 10 meses. En cambio, aquellos que hayan cotizado al menos 38 años y 3 meses pueden acceder a la jubilación anticipada a los 63 años. Este ajuste está en consonancia con el aumento progresivo de la edad legal de jubilación.

Para optar a esta modalidad voluntaria de retiro es obligatorio acreditar un mínimo de 35 años cotizados, de los cuales dos deben haberse producido dentro de los 15 años previos a la fecha de acceso a la pensión.

El servicio militar y su efecto en la jubilación anticipada

Un aspecto que genera dudas es si el servicio militar obligatorio (la mili) puede contar como tiempo cotizado. La Seguridad Social ha aclarado que sí computa para alcanzar el periodo mínimo exigido en la jubilación anticipada, ya sea voluntaria o involuntaria, aunque con un límite máximo de un año. Esta opción no se aplica a la jubilación ordinaria.

En el caso de haber realizado la prestación social sustitutoria, también puede contabilizarse siguiendo un procedimiento similar.

Solicitud del certificado del servicio militar

Para que este tiempo se incluya como parte de la carrera laboral, es necesario acreditar la prestación del servicio militar. El procedimiento debe realizarse a través de la Dirección General del Personal Militar de la Delegación del Ministerio de Defensa correspondiente a la provincia donde se residía al comenzar el servicio.

Los pasos a seguir incluyen:

  • Rellenar un formulario de solicitud del certificado.
  • Adjuntar una fotocopia del DNI y otra de la cartilla militar.
  • Presentar toda la documentación en la Delegación del Ministerio de Defensa correspondiente.

Una vez tramitada la solicitud, se entrega un certificado de cómputo recíproco de cotizaciones, que deberá presentarse en una oficina de la Seguridad Social para su incorporación al historial laboral.

Para quienes realizaron la prestación social sustitutoria, la solicitud del certificado debe gestionarse en el Centro de Atención al Ciudadano, en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, o en registros de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.

El caso del Servicio Social Femenino

Desde 2021, también es posible que las mujeres que realizaron el Servicio Social Femenino incorporen ese tiempo como cotizado para cumplir con los requisitos exigidos en los casos de jubilación anticipada, en condiciones similares a las del servicio militar obligatorio.

Este reconocimiento permite igualar el cómputo de los periodos de servicio obligatorio para efectos de retiro anticipado, y se debe gestionar con la documentación acreditativa correspondiente.

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