opinión

A propósito de la Violencia Vicaria, maltrato a los animales domésticos como medio para dañar y hacer sufrir a la pareja

La modificación del Código Civil bajo la Ley 17/2021 de 15 de diciembre ha transformado la perspectiva de nuestro ordenamiento jurídico referente al amparo que se les brinda A LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA que disfrutan junto a nosotros en esta vida que llevamos. Solo recordar que nuestra ley civil que es de 1881, previo a la reforma consideraba a los animales como COSAS; bienes muebles, semovientes, como si de una mesa o un vulgar bolígrafo se tratase. Y esto conllevaba por ende a la consecuente merma y pobreza en lo que a protección jurídica de los animales se refería.

En la actualidad, el legislador considera su autonomía como SERES VIVOS, señalando en su art.333 bis, que; “los animales son seres vivos dotados de sensibilidad…el propietario de un animal debe ejercer sus derechos sobre el y sus deberes de cuidado, respetando su cualidad de ser sintiente, asegurando su bienestar”. Es decir se ha pasado de la cosificación, a la sintiencia, adaptando por fin la realidad jurídica a la realidad social, a la participación de los animales en la institución de la familia.

Y esta introducción, tan necesaria, es importante a la hora de conocer que el legislador también bendijo artículos nuevos que incorporó al Código Civil, sobre la Violencia de Genero, aquella hostilidad que deriva de un hombre frente a la mujer, ya sea por ser cónyuge o pareja de hecho o por haberlo sido, o Violencia Doméstica, de la mujer frente al hombre, en este caso, que estamos hablando de consecuencias de la violencia respecto a los hijos. Cuando ese hecho ilícito se ejecuta, se generan consecuencias varias derivadas de la separación o divorcio, como por ejemplo la posibilidad de no permitir derecho de visitas frente al hijo menor de edad o privación de patria potestad.

Pero además, hay un apartado de la ley que señala específicamente que si el juez advierte que hay un proceso penal abierto sobre violencia doméstica o violencia de género, no procederá dictar la custodia compartida de los hijos, porque entiende el legislador que uno de ellos, no es pertinente para tener a los niños a su cargo. Y aquí encontramos la novedad, y es que tampoco procederá la custodia compartida si uno de los cónyuges posee o ha poseído procedimiento penal o administrativo por delito de maltrato animal, cualquier tipo de malos tratos a los animales. Y aquí es donde aparece la violencia vicaria novedosa en nuestro código civil, “se apreciará la existencia de malos tratos a animales o la amenaza de causarlos como medio para controlar o victimizar a cualquier de estas personas.”

Tras los estudios realizados consta que más del 60% de las mujeres que han sufrido de violencia de género, ha reportado también violencia hacia los animales que viven con ellas. Es decir, que estas situaciones se dan, crueldad familiar, que con el objetivo de hacer daño y ser mas cruento aun se maltrata al animal de casa, el perro o gato y con ello se hace sufrir a la mujer. Porque la violencia vicaria no se da solo respecto a los hijos o allegados de la mujer, muy triste, sino que dada la vulnerabilidad del animal y el cariño que se deposita en el, el maltratador no duda en cebarse con el animal. En este caso tenemos una sentencia novedosa, firmada por la magistrada canaria Auxiliadora Díaz, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº2 de Las Palmas de Gran Canaria, que condena por violencia machista vicaria a un hombre que mató delante de su novia al cachorro de podenco que compartían, todo ello para hacer daño a la mujer. El fallo, condena de prisión de 12 meses y un día y la prohibición de acercarse a la denunciante o comunicarse con ella durante dos años y un día.

Queda por evolucionar, pero desde mis comienzos en la prensa cuando escribía de lege ferenda” cuestiones debidas sobre la protección animal hasta hoy…se ha dado un gran salto, pues de lege data” podemos atribuir hoy no solo un delito de maltrato animal, sino un delito de violencia de género por violencia vicaria animal o incluso, en ocasiones, ambos delitos en concurso medial.

Gracias a todas aquellas personas que poco a poco se atreven, gracias a las valientes que hacen que la vida avance, gracias Auxiliadora.

Por ellos, por nuestros animales, por nuestros seres queridos que nos acompañan en el camino de la vida.

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