La condena del fiscal general del Estado por el Tribunal Supremo sienta un adusto precedente que condiciona nuestro modelo democrático quién sabe hasta qué punto.
La más devastadora consecuencia de este fallo es de dimensiones sociales, no solo judiciales: si se instala en la sociedad española la creencia, no ya la mera sospecha, de que la Justicia ha decidido politizarse, este 20N habrá teñido nuestra democracia, 50 años después, de una perturbadora huella: la herencia de un tiempo que considerábamos superado en nuestra historia.
La sentencia, aún sin redactar, que condena a Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación para el cargo por un delito de revelación de secretos, fue intencionadamente adelantada coincidiendo con la fecha simbólica del 50 aniversario de la muerte de Franco. A priori, resulta innecesaria tal premura en dar a conocer este pronunciamiento, que, por lo demás, no ha sido unánime, y que tira por tierra la propuesta absolutoria de la ponente, la magistrada Susana Polo. Semejante discrepancia entre los magistrados, con dos votos particulares nada menos frente a un bloque de cinco decididos a condenar al fiscal, abona un estado de perplejidad inevitable tras el juicio celebrado con luz y taquígrafos, de cuyos pormenores es bien conocedora la opinión pública. Nunca un juicio había causado en la sociedad tanto estupor por la falta de pruebas incriminatorias.
Siendo así que alguien ha querido, al parecer, sumar esta sentencia a la conmemoración del medio siglo de la muerte del dictador, es inexcusable que una cosa y la otra sean recordadas en el futuro como dos circunstancias parejas. Otra cosa, esta sí menos anecdótica, es que, del contenido del fallo se extraigan malos presagios para la sociedad en general, que casan difícilmente con la deseable impartición de justicia en términos de absoluta equidad cuando se trate de cualquier ciudadano de a pie, una vez conocido este desenlace, que afecta, nada menos, que a uno de los máximos órganos de poder del Estado.
La sentencia valida y consagra una línea de actuación contra el fiscal general García Ortiz por parte de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, desde ahora con razón mitificada como mano de hierro contra quien osara ser su enemigo político. El fallo redunda en beneficio de los intereses de su pareja sentimental, Alberto González Amador, y de su jefe de Gabinete, Miguel Ángel Rodríguez, urdidor de la operación mediática contra el fiscal.
Del cúmulo de incongruencias que contaminan este proceso, sobresalen, para la posteridad, la confirmación en sede judicial de que Rodríguez inventó un bulo que desató la persecución del fiscal y que durante el juicio una pléyade de periodistas de tribunales del máximo prestigio aseguraron que el objeto del mismo – un correo digital sobre un pacto con la fiscalía por parte del abogado de González Amador- obraba en poder de ellos con anterioridad a García Ortiz, acusado de su filtración a la prensa, y que la fuente, protegida por el secreto profesional, no era quien estaba sentado en el banquillo como acusado.
No bastó la ausencia de pruebas contra el fiscal general ni los abundantes testimonios de los periodistas exculpatorios para García Ortiz. La apariencia de un juicio acomodado a un formato inusual creció a medida que se desarrollaba, dado que se invertía la pertinente demostración de culpabilidad por, en su defecto, una profusa demostración de inocencia. Y en tales circunstancias impropias de un enjuiciamiento impoluto, se fue consolidando la impresión de que se trataba de un juicio sin pies ni cabeza. La sentencia culmina una espiral de despropósitos.
El juicio a García Ortiz deslizó, colateralmente, una gravísima falta de respeto a la profesión periodística. Desaliñó con displicencia el derecho constitucional de los periodistas testigos a guardar el secreto profesional de sus fuentes. En la Sala, el presidente llegó a advertir a uno de los periodistas de que no amenazara, al escucharle hablar de la disyuntiva entre la convicción de que el fiscal era inocente y la imposibilidad de revelar la identidad del auténtico filtrador en virtud del secreto profesional amparado en el artículo 20.1.d de la Constitución.
En ese clima de desprecio hacia el periodismo, que se coló en este juicio como un síntoma preocupante, fueron pisoteados los testimonios de los profesionales de la prensa, obligados a decir la verdad, que, en caso de condena para el fiscal general -como así ha sido-, se exponían a sufrir un procedimiento penal por supuestamente mentir.
Se ha abierto, de este modo, un nuevo capítulo en la colisión institucional que caracteriza la vida política española. Cabía consignar al Poder Judicial las garantías de rigor para evitar suspicacias en la buena salud de nuestra democracia. Pero la sentencia condenatoria al fiscal general promete un recorrido fundado ante el Tribunal Constitucional y, en su caso, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
La victoria política de Ayuso en este turbio asunto podría desatar algún que otro efecto perverso. De seguir el manual que aplicó en el caso del cobro de comisiones de su hermano en la compra de mascarillas, quién sabe si se anima, dentro del PP, a desafiar la candidatura a Feijóo. Este ha vuelto a sobreactuar, a raíz del anuncio de la sentencia, pidiendo la dimisión de Sánchez por haber defendido la inocencia del fiscal general. Feijóo presiente esa espada de Damocles, pero este fallo la agita de modo especial, pues no es descartable que en la estrategia de la defensa de la pareja de Ayuso, en el juicio sobre sus presuntos delitos fiscales, se utilice como elemento desactivador la propia sentencia contra el fiscal, ya que esta atañe a la revelación de pruebas confidenciales de González Amador, y acaso -ya no cabe descartar ninguna ocurrencia por esperpéntica que parezca- le rehabilite judicialmente.
El 20N no iba solo del pasado, de Franco. En realidad, ha sido del presente político español de lo que se ha terminado hablando.
A partir de hoy, España es otra. Y la democracia española también es otra.

