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Ya está en vigor: la Ley de Bienestar Animal prevé multas de hasta 50.000 euros si dejas sola a tu mascota en algunos casos

En el caso de los perros, el plazo máximo permitido de soledad no puede superar las 24 horas consecutivas
La Ley de Bienestar Animal prevé multas de hasta 50.000 euros si dejas sola a tu mascota en algunos casos

La Ley de Bienestar Animal prevé multas de hasta 50.000 euros si dejas sola a tu mascota en algunos casos

La Ley de Bienestar Animal establece obligaciones muy estrictas para los propietarios de mascotas con el objetivo de erradicar situaciones de negligencia o desamparo. Uno de los aspectos que más dudas genera entre los ciudadanos es el tiempo máximo legal que un animal de compañía puede permanecer sin supervisión en el hogar y a cuánto ascienden realmente las sanciones en caso de incumplimiento.

La legislación española fija una diferenciación clara según la especie. En el caso de los perros, el plazo máximo permitido de soledad no puede superar las 24 horas consecutivas.

Para el resto de mascotas, como los gatos, hurones o aves, el límite se amplía hasta un máximo de tres días seguidos. Superar estos márgenes temporales se considera una infracción de la normativa vigente.

Cómo se aplican las multas y de qué depende su cuantía

El régimen sancionador de la normativa determina el importe de las multas en función del daño real que sufra el animal, desmintiendo así la aplicación automática de las cuantías máximas por un simple descuido. Las infracciones se dividen en dos tramos principales ante estas situaciones:

  • Infracciones leves (de 500 a 10.000 euros): se aplican cuando el propietario supera los tiempos límites fijados por la ley, pero la ausencia no llega a causar ningún tipo de perjuicio directo, secuela física o alteración de la conducta en la mascota.
  • Infracciones graves (de 10.001 a 50.000 euros): la sanción se eleva a este tramo únicamente cuando la falta de supervisión provoca un sufrimiento demostrable, problemas de salud o pone en riesgo la vida del animal, como ocurriría al dejarlo sin agua, sin alimento o expuesto a condiciones climatológicas extremas.

La ley también recoge la prohibición de mantener de forma permanente a los animales en balcones, terrazas, azoteas o trasteros, así como la práctica de dejar a los perros atados en las puertas de los comercios sin vigilancia presencial, una conducta tipificada como leve.

La identificación obligatoria mediante microchip sigue siendo el pilar fundamental para el control de estas obligaciones por parte de las autoridades competentes.

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