El Ejecutivo canario (CC-PP) ha elevado al Gobierno de España una propuesta de real decreto ley para que se prohíba comprar una vivienda en las Islas a toda persona, sea española o extranjera, que no acredite diez años de empadronamiento en su territorio (o 15, si es discontinuo).
Esta propuesta legislativa, a la que ha tenido acceso EFE, establece también que un mismo ciudadano solo podrá comprar dos viviendas en Canarias -y siempre que estén en municipios diferentes, al tiempo que dispone que las personas jurídicas (empresas o sociedades de inversión) únicamente podrán adquirir viviendas en las Islas si su fin social es venderlas o alquilarlas a personas físicas.
El Ejecutivo de Fernando Clavijo ha enviado este borrador de ‘Ley para garantizar el acceso a la vivienda a los residentes en Canarias’ como parte de las condiciones que Coalición Canaria pactó con el PSOE a cambio de dar su apoyo al primero de los decretos ‘Maricarmen’, el que ha puesto límite a los desahucios de personas vulnerables.
Durante toda esta legislatura, Clavijo ha venido haciendo gestiones con la Comisión Europea para intentar que se autorice a Canarias a fijar algún tipo de límite a la compra de viviendas, puesto que las estadísticas muestran que un tercio de las que cambian de propietario van a parar a manos de ciudadanos extranjeros y buena parte de ellas acaban en el negocio del alquiler vacacional.
Sin embargo, su planteamiento inicial chocaba con los tratados comunitarios, que garantizan el libre movimiento de personas y capitales en la UE y prohíben hacer distinciones por nacionalidades.
Esta propuesta legislativa intenta salvar ese escollo de dos maneras: no se apoya en la nacionalidad, sino en un hecho objetivo como es la residencia, acreditada mediante empadronamiento, e invoca el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que garantiza a las regiones ultraperiféricas el derecho a tener un trato singular en la aplicación de las normas comunitarias.
Lo explica así la exposición de motivos: “El régimen de garantía de acceso que establece esta norma es la vía más adecuada para la consecución de los fines perseguidos, sin que incurra en discriminación por nacionalidad, puesto que cualquiera que resida en las islas podrá acogerse a este mecanismo, pudiendo, entre tanto, vivir en ellas en régimen de alquiler o cualquier otra modalidad de ocupación temporal de vivienda”.
“A su vez, la limitación a un máximo de dos viviendas pretende evitar que la condición de residente se convierta en una ventaja sin justificación respecto del objetivo de garantizar que estas personas puedan a acceder a una vivienda, digna y adecuada; superada esa cifra, la garantía resulta inaplicable”, añade.
Gentrificación y alquiler turístico
¿Por qué propone el Gobierno canario estas medidas? El Ejecutivo de Clavijo recuerda que Canarias, por su propia condición insular, tiene territorio de “reducida superficie” y con “fragilidad de su biodiversidad”, circunstancias ambas que “determinan un uso limitado del espacio insular”, lo que impacta sobre el acceso a la vivienda.
Y al mismo tiempo, advierte, sufre “el fenómeno de gentrificación que viene produciendo la adquisición de viviendas para fines distintos del uso como residencia habitual por parte de personas físicas y empresas con domicilio en otros lugares, con desplazamiento de las personas que sí residen en las islas y haciendo muy gravoso o, incluso, impidiéndoles la compra de las viviendas que necesitan”.
“Esta realidad hace necesario adoptar medidas que garanticen el acceso de los residentes a las viviendas existentes y a las que se construyan”, argumenta la exposición de motivos.
El texto que se propone para limitar la compra a los no residentes es taxativo e incluye, incluso, garantías reforzadas. Si sale adelante, cualquier compra de vivienda en Canarias por quien no acredite el tiempo de residencia exigido “será nula de pleno derecho” y no podrá inscribirse en el Registro de la Propiedad.
Lo mismo se establece para las empresas: será nula de pleno derecho toda compra de vivienda que haga una empresa jurídica si en su objeto social no está venderla o alquilarla a personas físicas.
Eso sí, quedan exceptuadas de estas limitaciones y prohibiciones las transmisiones ‘mortis causa’; es decir, las herencias.
Armas para los ayuntamientos
El Ejecutivo canario plantea al Consejo de Ministros una segunda reforma legal, esta vez de la Ley de Bases de Régimen Local, para dar armas a los ayuntamientos con los que intervenir en el problema de la escasez de la vivienda en su territorio.
En primer lugar, plantea que los ayuntamientos puedan prohibir comprar o alquilar viviendas en su territorio a ciudadanos de países ajenos a la UE que no hayan residido un mínimo de dos años en su municipio (categoría que incluye, por ejemplo, a los ciudadanos del Reino Unido, el principal emisor de turistas a Canarias).
También propone que se habilite a los consistorios para crear tasas al turismo, que graven “pernoctaciones, hospedaje o estancias en alojamientos turísticos a las personas no residentes”.
Finalmente, sugiere que se autorice a los ayuntamientos a prohibir el alquiler vacacional en determinadas zonas de su municipio.

