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El Supremo lo confirma: los trabajadores pueden pedir cinco días para cuidar familiares varias veces al año

La sentencia establece que el permiso es retribuido, no tiene límite anual y puede mantenerse cuando el familiar necesita cuidados tras el alta hospitalaria
El Supremo lo confirma: los trabajadores pueden pedir cinco días para cuidar familiares varias veces al año
Tribunal Supremo. | EP

El Tribunal Supremo ha confirmado que los trabajadores pueden disfrutar del permiso retribuido de cinco días para cuidar a familiares enfermos, hospitalizados o recién operados tantas veces como se produzcan situaciones que justifiquen su concesión. La sentencia, fechada el 25 de septiembre, establece que las empresas no pueden limitar este derecho a cinco días al año.

La resolución desestima un recurso de casación presentado por las empresas del Grupo RACE y confirma una sentencia anterior de la Audiencia Nacional, que ya había dado la razón a los sindicatos UGT, CCOO y CSIF. Además, el alto tribunal reconoce que el permiso puede mantenerse después del alta hospitalaria cuando el familiar continúa necesitando cuidados en su domicilio.

Cuántas veces se pueden pedir los cinco días de permiso retribuido

La principal novedad de la sentencia es que los cinco días de permiso no constituyen un límite anual, sino que corresponden a cada nueva situación que reúna los requisitos establecidos en la legislación laboral.

El artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores reconoce cinco días de permiso retribuido por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.

Este derecho se aplica cuando la persona afectada es el cónyuge, la pareja de hecho o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. También incluye a otras personas que convivan con el trabajador en el mismo domicilio y necesiten sus cuidados efectivos.

El Supremo considera que la legislación española no establece un máximo de días al año para este permiso y recuerda que, cuando el legislador pretende fijar un límite anual, lo hace expresamente.

Como ejemplo, señala las ausencias por motivos familiares urgentes de fuerza mayor, cuya duración retribuida está limitada al equivalente de cuatro días al año.

En consecuencia, un trabajador que haya utilizado los cinco días para atender a un familiar podrá volver a solicitarlos si se produce otra causa que justifique el permiso.

La sentencia lo expresa de manera clara: “Cada supuesto de hecho habilitante del permiso da lugar a una duración del mismo de cinco días”.

El permiso también puede disfrutarse después del alta hospitalaria

Otro de los aspectos importantes de la resolución afecta a los trabajadores que necesitan continuar cuidando a un familiar después de que abandone el hospital.

Las empresas del Grupo RACE defendían que el permiso debía limitarse a los días de hospitalización o intervención con ingreso hospitalario, sin extenderse a los cuidados posteriores en el domicilio.

Sin embargo, el Tribunal Supremo rechaza esta interpretación y aclara que el alta hospitalaria no supone automáticamente la finalización del permiso retribuido cuando persisten las circunstancias médicas que justifican la necesidad de cuidados.

De esta manera, si un familiar recibe el alta hospitalaria, pero continúa necesitando asistencia durante su recuperación, el trabajador puede mantener el permiso dentro de los cinco días reconocidos legalmente.

El Supremo también avala la flexibilidad para iniciar el permiso

Esta resolución se suma a otra sentencia dictada por el Tribunal Supremo en febrero de 2026, en la que ya se reconocía la posibilidad de disfrutar del permiso con flexibilidad.

Según aquella interpretación, el trabajador no está obligado a comenzar los cinco días de ausencia retribuida inmediatamente después del accidente, la enfermedad o la hospitalización.

El objetivo es permitir una organización de los cuidados que responda a las necesidades reales de la persona afectada.

Por tanto, el inicio del permiso puede adaptarse a las circunstancias familiares, siempre que continúe existiendo la causa que justifica su concesión.

Los sindicatos celebran la sentencia contra el Grupo RACE

El conflicto judicial comenzó después de que las empresas del Grupo RACE, con más de 500 empleados, interpretaran que este permiso debía limitarse a cinco días laborables al año.

Frente a esta decisión, los sindicatos UGT, CCOO y CSIF presentaron una demanda de conflicto colectivo que fue estimada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en marzo de 2025.

Las empresas recurrieron aquella resolución, pero el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso y confirmado el criterio favorable a los trabajadores.

Desde la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) han mostrado su satisfacción por una sentencia que consideran “un nuevo éxito de nuestra organización en el ámbito de la empresa privada para evitar abusos y garantizar los derechos de trabajadores”.

El sindicato destaca que el Supremo realiza una interpretación “sociológica, razonable y garantista” de estos permisos, “evitando así situaciones de abuso y desprotección”.

La resolución confirma así que cada nueva causa legalmente justificada puede generar un permiso de cinco días retribuidos, sin que las empresas puedan establecer un máximo anual que no figura en el Estatuto de los Trabajadores.

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