El Pleno del Congreso ha dado definitivamente luz verde al proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad, tras aprobar la práctica totalidad de las enmiendas introducidas en el texto por el Senado. La norma entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
“Yo creo que es un paso adelante en un proceso de avance continuo que estamos haciendo todos en seguridad vial. Actualizar y revisar las normas es una buena práctica que a todos nos favorece”, ha declarado el director general de Tráfico, Pere Navarro, que ha destacado que “la inmensa mayoría” de los ciudadanos “conduce la mar de bien y cumple las normas”. Para Navarro, “son unos pocos que actúan con desprecio” y anima a cumplir las normas porque “todos salimos ganando”.
En el trámite parlamentario de la Cámara Alta, el Pleno del Senado aprobó la polémica enmienda socialista por la que se elimina el margen de 20 kilómetros hora (Km/h) adicionales para adelantar en carreteras convencionales como defendía el PSOE. El Congreso ha ratificado este cambio introducido en la Cámara Alta.
Aunque en un trámite anterior, el Senado también modificó el artículo 62 del texto remitido por el Congreso, que permitía la formación teórica ‘online’ para conductores y que los centros pudieran tener un único local físico con el que operar en toda España.
En este sentido, el Pleno de la Cámara Alta dio el visto bueno a una nueva disposición adicional que prevé que, para la obtención del carné de conducir, “se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización, que podrán impartirse también online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual”. El contenido y forma de los mismos se determinará reglamentariamente, previa consulta a los expertos de seguridad vial, así como a las asociaciones de víctimas, según añade.
Entre los cambios introducidos en el texto durante la tramitación en el Senado también destaca la enmienda transaccional aprobada por la que se eleva de 4 a 6 los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes, así como por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros de distancia.
Adicionalmente, la norma prohíbe circular con vehículos de movilidad personal como los patinetes o bicicletas por las aceras. La enmienda que se ha rechazado tipificaba como “infracción grave” esta conducta.
PRINCIPALES CAMBIOS
El conjunto del proyecto de ley, que modifica la Ley de Tráfico de 2015, tiene como objetivo el agravamiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo.
Entre las novedades que incluye esta reforma normativa destacan la penalización con seis puntos del carnet conducir sujetando el móvil con la mano; con cuatro no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección; así como se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.
La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en “utilizar” mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de “llevar en el vehículo” esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de 3 puntos que se asignaba a la anterior infracción. Tras su aprobación en el Pleno del Congreso, el texto será publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor a los tres meses.