El nuevo proyecto de ley que modificará la normativa sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que previsiblemente se aprobará en el Congreso de los Diputados de cara a la campaña de verano, sigue generando polémica y alguna que otra duda en las redes sociales por varias modificaciones que se incluyen en él, como el endurecimiento de las sanciones por infracciones que causan distracción y, por consiguiente, el uso del teléfono en el vehículo, hasta el punto de que podrás ser multado aunque no lo estés utilizando, es decir, que esté bloqueado en la mano del conductor en el momento en que un agente le dé el alto.
Otro punto polémico de estas nuevas medidas es el supuesto de que estés usando el teléfono con el manos libres, sin llevarlo en la mano, pero existiendo una distracción por estar pendiente de una conversación telefónica o escuchando un mensaje de voz, pudiendo ser sancionado por ello con una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos del carné.
Claro, esta última cuestión genera muchas dudas: ¿Cuándo se considerará distracción usar el manos libres y cuándo no? ¿Qué circunstancias tienen que darse para que la acción sea sancionable? ¿Cómo demostrará el agente -sin lugar a dudas- que el conductor estaba distraído usando el manos libres? De salir adelante, esta medida dará que hablar.