desafÍo catalÁn

El TS pospone la declaración de Forcadell y los cinco exmiembros de la Mesa al 9 de noviembre

Los investigados se encuentran hasta ese día bajo vigilancia policial, a petición de los fiscales Consuelo Madrigal y Fidel Cadenas
FORCADELL CITACIÓN TS
FORCADELL CITACIÓN TS
Carme Forcadell, a su llegada al TS. / EP

El Tribunal Supremo ha pospuesto la declaración de la presidenta del Parlament de Cataluña, Carme Forcadell, y cinco exmiembros de la Mesa de la cámara parlamentaria al próximo jueves, día 9 de noviembre, a petición de los abogados. No obstante, los seis investigados se encuentran bajo vigilancia policial, tal y como han solicitado los fiscales Consuelo Madrigal (exfiscal general del Estado) y Fidel Cadenas.

Los investigados en el Tribunal Supremo por los delitos de rebelión, sedición y malversación de fondos públicos estaban citados este jueves a las 9.30 horas para declarar ante el juez Pablo Llarena por la querella presentada el pasado lunes por el Ministerio Público por los hechos relacionados con la declaración unilateral de independencia.

Los abogados de Forcadell, Lluís Maria Corominas, Anna Simó, Lluis Guinó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet han pedido al magistrado de la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, designado instructor de esta causa, suspender las declaraciones previstas para este jueves y viernes por indefensión, con el objetivo de estudiar con profundidad la querella.

También a la espera de que llegue la prueba documental solicitada por la Fiscalía en su querella. Esta petición no ha sido aceptada por el juez, lo que significa, según han precisado fuentes jurídicas, que si el día 9 de noviembre los documentos no han llegado al Supremo, el interrogatorio se realizará igualmente.

Se trata de una copia de los acuerdos de la Mesa del Parlament que permitieron la tramitación y debate de las Ley de referéndum y el acta de las sesiones de la cámara parlamentaria los días 6 y 7 de septiembre y de los días 26 y 27 de octubre (cuando se aprobó la declaración de independencia); diversas resoluciones del Tribunal Constitucional, y una hoja “histórico penal” de los querellados.

GARANTIZAR SU DISPOSICIÓN JUDICIAL

Asimismo, los representantes del Ministerio Público han pedido al magistrado que acuerde ponerles bajo vigilancia policial con el fin de garantizar su disposición judicial hasta el próximo jueves, solicitud que finalmente ha sido aceptada. Las medidas cautelares impuestas consisten en facilitar un domicilio y teléfonos de contacto en el que estén localizables.

Así lo han hecho los seis investigados antes de abandonar la sede del alto tribunal, pasadas las 11.30 horas, y sin hacer declaraciones a los medios de comunicación y entre los aplausos de más de medio centenar de diputados catalanes tanto del Congreso de los Diputados como del Parlament, junto a dirigentes de Podemos (Pablo Echenique) e Izquierda Unida (Alberto Garzón).

El pasado lunes, la Fiscalía General del Estado presentó dos querellas, una en la Audiencia Nacional y otra en el Tribunal Supremo, contra un total de 20 personas por hechos que engloban todo el denominado ‘procés’ que concluyó el pasado 27 de octubre con la declaración unilateral de independencia (DUI).

La querella interpuesta en el Supremo iba dirigida contra Forcadell y los cinco exmiembros de la Mesa, todos ellos aforados por ser miembros de la Diputación Permanente del Parlamento catalán, salvo Nuet. En cuanto a la Audiencia Nacional, la Fiscalía se ha querellado contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont -también citado a declarar este jueves y que ha decidido no comparecer, encontrándose en Bruselas (Bélgica)–, su vicepresidente Oriol Junqueras y otros 13 consejeros.

“ABSOLUTO DESPRECIO” A LA CONSTITUCIÓN

La Fiscalía atribuye a todos los querellados el delito de rebelión al entender que los “cimientos del Estado de Derecho han sido dinamitados” con sus actos, “realizados con absoluto desprecio” a la Constitución y proclamando la independencia de una parte de la Nación española, que es “patria común e indivisible de todos los Españoles”.

Añade en su querella que la violencia que requiere el tipo penal de rebelión “no exige que se esgriman armas, ni combate ni violencias graves contra las personas”. “Se trata de un delito de resultado cortado o de consumación anticipada en el que es suficiente que con el alzamiento se haya producido un peligro objetivo para la consumación de los fines rebeldes”, añade para justificar la atribución de este delito, el mismo por el que fueron condenados los responsables del 23-F.

También cita el delito relacionado con “provocación, la conspiración y la proposición para cometer el delito de rebelión; el delito de malversación de fondos públicos –por el importante gasto que han generado sus comportamientos, “ontológicamente ajenos a la función pública”.

TE PUEDE INTERESAR