sucesos

Acusado de asfixiar a su pareja en Bilbao pide al jurado que “piensen bien” su decisión

El varón acusado de asfixiar a su pareja en Bilbao el 23 de julio de 2016 ha afirmado este jueves que se "siente inocente"

El varón acusado de asfixiar a su pareja en Bilbao el 23 de julio de 2016 ha afirmado este jueves que se “siente inocente”. “Piensen bien la decisión que van a tomar, porque me juego la vida en ello”, ha pedido al jurado popular que le juzga.

La sección segunda de Audiencia Provincial de Bizkaia ha acogido este jueves la última sesión del juicio con jurado contra un varón que presuntamente asfixió a su pareja el 23 de julio de 2016 en su domicilio del barrio de San Adrián de la capital vizcaína. El individuo está acusado de un delito de asesinato con alevosía, concurriendo el agravante de género y parentesco. Ambos eran toxicómanos y mantenían una relación sentimental desde hacía tres décadas.

Tras presentar sus conclusiones las partes, el acusado, que en la primera sesión del juicio únicamente respondió a las preguntas de su abogado, ha tomado la palabra para pedir al jurado popular que “piensen bien la decisión que van a tomar, porque me juego la vida en ello”. “Para mi supone la vida”, ha reiterado.

“Me siento inocente”, ha repetido el acusado, para recordar que tiene 50 años y advertir de que si le condenan a 20 años, saldría con 70. Así mismo, ha destacado que está en esta situación “por haber hecho todo voluntariamente”. “Hice la declaración voluntariamente a las dos de la madrugada cuando mi novia había muerto”, ha repetido.

Según las acusaciones, sobre la medianoche del 23 de julio de 2016, la víctima se encontraba en estado de semi-inconsciencia en el sofá de la vivienda como consecuencia de la medicación antidepresiva y ansiolítica que tenía prescrita, a lo que se sumó la ingesta de unos zuritos la tarde-noche del día anterior en un bar próximo y la toma de metadona facilitada por su pareja.

De este modo, “aprovechando” el estado de la mujer y “movido por el ánimo de acabar con su vida”, el varón habría colocado sus manos sobre la boca y nariz de la mujer, provocando su asfixia por sofocación.

En la presentación de las conclusiones finales, la fiscal, que mantiene la petición de 20 años de pena, ha sostenido que se trata de un homicidio en base al informe de la autopsia realizada por los forenses el Instituto de Medicina Legal de Bilbao, que “viene a decir con certeza que la muerte se produjo de una manera violenta por un taponamiento de nariz y boca” que “se produce en vida”, como acreditan “tanto la congestión facial, como las zonas blanquecinas en párpados, barbilla y punta de la nariz” y “las marcas que quedan digitadas por la presión fuerte ejercida con cierta intensidad”.

La fiscal ha lamentado que el acusado se haya negado a responder a las preguntas de las acusaciones, lo que “podría haber aclarado datos absolutamente relevantes” como la posición en la que se encontró a la víctima o lo que hizo durante la hora y cuarto que tardó en llamar a emergencias desde que afirma haber encontrado a la mujer fallecida, “tiempo en el que tuvo el dominio de la situación y del escenario”.

Asimismo, ha justificado la ‘alevosía’ porque la víctima “no se defendió” y no lo hizo porque, “debido al consumo probado de metadona, psicofármacos y alcohol, junto a su problema hepático”, se encontraba debilitada, “circunstancia que aprovechó el acusado para cometer los hechos”.

Tras dar por probado que, a pesar de la hemiparexia del lado izquierdo que sufre el acusado, éste “tiene fuerza y función de ejercer presión”, la fiscal ha dicho, en relación a la motivación, que lo sucedido pudo deberse a “un mero detonante” por la “sobrecarga y estrés” a la que estaba sometido el acusado porque cuidaba de la fallecida y de su madre, que vivía en el domicilio y se encontraba impedida.

Por su parte, la acusación particular que representa a la hija de la fallecida y que pide 22 años y medio de cárcel y también una indemnización de 30.000 euros por responsabilidad civil, ha suscrito las argumentaciones del Ministerio Fiscal y ha remarcado que el acusado “tardó hora y cuarto en llamar a emergencias”, cuando “no existía motivo para esa tardanza”, y ha señalado que durante ese tiempo “se puede limpiar y quitar evidencias”.

Tras señalar como “hecho indubitativo” que la muerte “se produce por asfixia violenta con imposibilidad de defensa”, por lo que existe “alevosía”, ha considerado “imposible un análisis racional” de los motivos, y ha señalado que “la razón hay que buscarla en los rasgos antisociales y carácter irritable, irreflexivo y de falta de empatía” que presenta el acusado.

La abogada encargada de la acusación popular ejercida por el Ayuntamiento de Bilbao, que reclama 25 años de prisión, ha destacado la realización de una autopsia “absolutamente exquisita” que indica una muerte “no accidental” y ha asegurado que “es imposible que el homicidio no fuera ejecutado por el acusado” en base a la investigación realizada.

Tras censurar a la defensa por “tratar de presentar pistas falsas”, ha afirmado que el acusado “asesinó” a su pareja “llevado por la ira” porque “le molestó, hasta tal punto de matarla, que no se sujetara a su dominio”. “El acusado se erigió como tutor vital al que hay que obedecer y quería controlarla hasta la medicación”, ha dicho, para defender que se trata de “un homicidio” por violencia de género, recordando que el acusado fue condenado a dos años de prisión por violencia de género contra la fallecida y en 2007 hay otra denuncia por agresión.

La abogada del Estado, que pide la misma pena que el Ayuntamiento de Bilbao, ha hecho suyas las conclusiones del Ministerio Fiscal y resto de acusaciones, y ha manifestado que los informes de los médicos forenses que realizaron la autopsia son “objetivos” y ha subrayado el hecho de que el acusado no mostrara signos de “tristeza” ante el fallecimiento de su pareja, sino que se mostrara “frío y distante, según los informes de los psicólogos”.

“DUDAS MÁS QUE RAZONABLES”

Por su parte, el abogado defensor ha mantenido que el acusado “no es el autor de los hechos” que se juzgan, que “no han sucedido como las acusaciones relatan en sus escritos. En ese sentido, ha pedido al jurado popular “no dar por hecho situaciones que no se hayan acreditado objetivamente, ya que, a su entender, “hay unas dudas más que razonables para concluir que fue una muerte accidental y no homicida”, así como de que el acusado, en caso de que hubiera sido homicida, “hubiese sido autor de ese fallecimiento”.

La defensa ha criticado una investigación policial “defectuosa” que “desde el principio” ha ido “contra” su defendido por “el hecho circunstancial de que estaba en la vivienda”, sin “estudiar otras posibilidades”. Asimismo, ha señalado que “se dejó que el escenario de los hechos fuera manipulado”, tras considerarse en un primer momento muerte natural, y luego enviar a la policía científica “a recoger evidencias que ya no quedaban” cuando la forense concluyó que fue homicida.

Además, ha puesto en valor el informe pericial de los forenses contratados por la defensa que concluye que fue una muerte por sofocamiento accidental, y ha pedido al jurado que aplique el principio de ‘in dubio pro reo’ y suavicen la valoración de la prueba a criterios “favorables” al acusado ante las “dudas más que razonables que se han producido durante el juicio y a lo largo de la instrucción”, y en virtud de los resultados de las analíticas realizadas al encausado que confirman “intoxicación de alcohol o drogas”, independientemente de “los problemas psíquicos que se recogen en los informes médicos”.

“Hagan justicia y valoren las dudas más que razonables existentes”, ha concluido dirigiéndose al jurado popular, al que ha reclamado la absolución de su defendido y que, en caso de ser declarado culpable, se tenga en cuenta como eximentes su consumo de drogas y alcohol.

TE PUEDE INTERESAR