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Importantes cambios en los procedimientos de inspección de la ITV a partir del lunes

Entre los más destacados están la implantación de la diagnosis electrónica de los vehículos, la posibilidad de cambiar de estación en el caso de una primera inspección desfavorable, la presentación del seguro obligatorio en cada inspección o el aumento de años necesarios para solicitar la matrícula histórica
ITV

La normativa que regula las ITV introducirá importantes cambios a partir del 20 de mayo para adaptarse a las exigencias comunitarias. Entre los más destacados están la implantación de la diagnosis electrónica de los vehículos, la posibilidad de cambiar de estación en el caso de una primera inspección desfavorable, la presentación del seguro obligatorio en cada inspección o el aumento de años necesarios para solicitar la matrícula histórica -el tiempo mínimo pasa de 25 a 30 años de antigüedad del vehículo-.

España toma la iniciativa a nivel comunitario para poner en marcha las nuevas exigencias en materia de ITV impuestas por la Unión Europea, por lo que los resultados serán observados con lupa por el resto de miembros. Estos cambios no solo afectarán a los procedimientos de inspección, sino también a la formación del personal.

-Uno de los cambios más importantes es la incorporación de la diagnosis electrónica. Todas las ITV utilizarán sistemas de análisis que se conectarán a las tomas OBD II o eOBD de los vehículos (abreviatura de On Board Diagnostics o Diagnóstico de a bordo) para detectar averías relacionadas con la seguridad y con los sistemas de control de emisiones. Este protocolo se aplicará a partir del 10 de septiembre de 2018 para vehículos fabricados a partir de 2006. Entre el 20 de mayo y el 10 de septiembre, las estaciones de ITV comprobarán los niveles de emisiones en las centralitas de los vehículos pero no podrán rechazar ningún coche por esta vía. A partir de septiembre, los técnicos sí podrán rechazar un vehículo que no supere esta prueba.

-Los usuarios que reciban un informe desfavorable podrán realizar la segunda inspección en otro centro de ITV, debiendo presentar el informe correspondiente en el que se recogen los datos de los defectos detectados en la primera inspección. Si la ITV es desfavorable en una primera inspección, el vehículo sólo está autorizado a circular para ir desde la ITV al taller y de nuevo a la estación. Por su parte, una ITV negativa impide la circulación del vehículo, por lo que los traslados deben hacerse en grúa. Si circula puede ser multado con 500 euros, además de inmovilizar el vehículo. En el primer caso, la sanción es de 200 euros.

-A partir del 20 de mayo, los conductores podrán pasar la ITV antes de la fecha prevista, con una antelación de hasta 30 días. Además, se mantendrá la fecha de la próxima revisión aunque adelantemos la anterior, siempre y cuando el adelanto no supere el mes.

-Las estaciones de ITV exigirán la presentación del seguro obligatorio en cada inspección, siendo suficiente con la presentación del justificante de pago de la prima del seguro para el período en curso. Pero en dicho documento deberá constar la matrícula, el periodo de validez, el nombre de la entidad aseguradora y las coberturas.

-Para evitar fraudes en la manipulación del cuentakilómetros, las estaciones de ITV deberán revisar el kilometraje de todos los vehículos y dejar constancia en el caso de que detecten una clara manipulación. También deberán comprobar que el cuentakilómetros funcione perfectamente.

-Desaparecerán los informes con resultado ‘Favorable con Defectos Leves’. Desde el 20 de mayo, únicamente se expedirán informes favorables o desfavorables.

-Con la nueva normativa se amplía el período para solicitar la matrícula histórica. Si hasta ahora la concesión estaba supeditada a vehículos de más de 25 años, el nuevo texto aumenta la cifra hasta los 30 años desde su fabricación o desde su primera matriculación.

-Los vehículos de las empresas rent a car, pasarán a partir de ahora su primera inspección a los cuatro años en lugar de los dos que establece la normativa actual.

-El personal de las estaciones ITV deberá actualizar sus conocimientos y ser titulados. El Real Decreto exige que los trabajadores posean, al menos, la titulación de Técnico Superior de Automoción.

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