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El TS reconoce la “escasísima” función militar de la actual Guardia Civil

La sentencia supone el primer pronunciamiento judicial relevante acerca de la naturaleza policial de la Guardia Civil
Vista parcial de la fachada del Tribunal Supremo. EP
Vista parcial de la fachada del Tribunal Supremo. EP

Una sentencia dictada recientemente por el Tribunal Supremo en la que se reconoce a la Asociación Unificada de la Guardia Civil (AUGC) su derecho a pertenecer a la red europea de sindicatos Confederación Europea de Policía (EuroCOP) abre una puerta a la reformulación del modelo policial español al reseñar que el Instituto Armado es “un cuerpo policial con escasísimas misiones de carácter militar”.

Para el secretario general de la AUGC, Alberto Moya, “esta sentencia es de una oportunidad extraordinaria en el actual contexto de debate parlamentario sobre la creación de un nuevo modelo policial en España, ya que anula la argumentación en contra apoyada en esa naturaleza militar y abre la puerta a la plena equiparación de derechos de los guardias civiles con el resto de policías españolas, incluida la existencia de sindicatos en la Guardia Civil”.

En este sentido, el pronunciamiento del Tribunal Supremo supone un hito histórico, puesto que por primera vez en cuarenta años de nuestra Constitución se reflexiona desde instancias jurídicas sobre la verdadera naturaleza de la Guardia Civil y abre la puerta a un cambio de interpretación respecto a la citada aplicación del Código Penal Militar a los trabajadores de la institución, algo contra lo que siempre se ha postulado la AUGC desde sus inicios.

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