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Los jueces isleños coinciden en que la actuación del Supremo ha sido impecable

Los portavoces canarios de las tres asociaciones recuerdan que con el Derecho Penal no se resuelve la cuestión catalana
Una de las sesiones celebradas por la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Europa Press
Una de las sesiones celebradas por la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Europa Press
Una de las sesiones celebradas por la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Europa Press

Portavoces canarios de las tres asociaciones mayoritarias de la magistratura coincidieron ayer en calificar la actuación , en lo esencial, del Tribunal Supremo sobre el llamado procés catalán como impecable, particularmente durante la celebración del juicio, si bien recuerdan que la mera aplicación del Derecho Penal no resuelve una cuestión tan compleja, sino que ahora es el momento de dar una respuesta política a semejante problemática. Así se manifestaron ante DIARIO DE AVISOS jueces como Juan Carlos González (Asociación Judicial Francisco de Vitoria, mayoritaria en Canarias); Juan Abelló (Asociación Profesional de la Magistratura); y Mariano López (Jueces para la Democracia).

Respecto a lo que fue el proceso judicial en general y el juicio en particular, los elogios fueron unánimes en los tres casos. Para Mariano López, “todo el mundo pudo ver que el juicio ofreció la máxima transparencia, con total acceso a lo que ocurría dentro de la Sala”, mientras que Juan Abelló coincidió en que “todos estamos de acuerdo en que el juicio fue un ejemplo de profesionalidad, pulcritud y rigurosidad”. Por su parte, Juan Carlos González incidió en que “sin duda ha sido el juicio más retransmitido en la historia jurídica de España y se demostró, así que hubo absolutas garantías, tanto para los acusados como para las distintas acusaciones. Realmente no se puede advertir ni una mácula, ya que muchas de las cuestiones que, a priori, pudieran plantearse en cuanto al respeto de los derechos fundamentales, quedaron en nada con el devenir de las sesiones”.

Algo similar ocurre con la sentencia, que condena a penas de entre 13 y nueve años de cárcel a nueve de los 12 encausados. Como no podía ser de otra manera ante un documento que consta de 493 folios y que fue dado a conocer ayer mismo, los tres jueces consultados por este periódico, parten de la salvedad propia de un necesario análisis más profundo de la misma, pero en general sus opiniones son positivas. Para González (AJFV), “se trata de una respuesta jurídica que puede ser percibida como más justa o injusta, porque eso va por barrios, pero se ha dado y, en la misma, se abordan muchas cuestiones que no se habían tenido que aplicar con anterioridad”. Por su parte, Abelló (APM) detalló que “como pasa siempre, la sentencia no deja contento a nadie. Se lo digo yo, que es el día a día de mi trabajo. Cuando estimas parcialmente, como es el caso, nadie acaba de acuerdo y, con la importancia del tema que nos ocupa, la polémica es mucho mayor, claro, pero en líneas generales me parece impecable. No creo que se pueda hacer mejor”. Más prudente se mostró López (JD), quien recordó que “la crítica a una sentencia judicial es legítima, y así hay que entenderla y aceptarla. Sobre el contenido de la misma, y a la espera de un análisis más profundo de la misma (aspecto en el que insistieron los tres magistrados), lo que le puedo decir es que nadie mejor que la Sala Segunda del Tribunal Supremo para valorar estos hechos, porque son quienes, sin lugar a dudas, mejor los conocen”.

La tercera cuestión que se les formuló a estos tres portavoces canarios de las tres asociaciones mayoritarias de jueces es qué futuro espera al procés catalán tras esta respuesta, y de nuevo hubo coincidencia en lo esencial. Con especial claridad se expresó Juan Abelló cuando sostuvo que “nadie hace una crítica jurídica seria a la sentencia, porque cuando te hablan de golpe de estado… Bueno, está bien para una charla en un bar, porque, como sabe, no es un concepto contemplado en nuestro ordenamiento jurídico”. Por su parte, Juan Carlos González explicó que “hoy [ayer para el lector] se ha resuelto el aspecto jurídico-penal de un asunto mucho más amplio y esos otros factores le tocan a los políticos.

El Derecho penal nunca será parte de una solución política porque actúa a posteriori, calificando unos hechos. Pero no esperen una solución política de su aplicación”. Similares términos utilizó Mariano López, para quien está claro que “la sentencia no aportará nada o muy poco, porque el Derecho Penal no puede resolver una situación como la de Cataluña, sino que se limita a castigar conductas. Ahora son los políticos quienes tienen que poner a trabajar para resolver las cosas y acabar con este clima tan intenso”.

Santiago Pérez. / FRAN PALLERO
Santiago Pérez. / FRAN PALLERO

Santiago Pérez: “La sentencia realza al Gobierno frente al PP y la tradicional dirigencia catalana”

El profesor de Derecho Constitucional y concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de La Laguna, Santiago Pérez, consideró ayer, en declaraciones a DIARIO DE AVISOS, que la sentencia del Tribunal Supremo sobre el llamado procés catalán, “realza la postura adoptada por el Gobierno de España frente al Partido Popular y la tradicional dirigencia catalana, porque no podemos olvidar que fueron ellos, cada uno por su lado, los que, desde su origen, alentaron el procés al entender que les beneficiaba, dado que les servía de tapadera tanto para sus casos de corrupción como para la política de recortes que entonces estaban aplicando”.

Cuestionado sobre como se desarrolló el juicio, Pérez coincidió con la inmensa mayoría de voces autorizadas (desde la perspectiva jurídica) en considerar que “ha reunido con mucha solvencia todas las garantías propias de un proceso penal, y esta es una realidad percibida, a través de la televisión, no solo por parte de la opinión pública española sino también por la europea y mundial”.

Ya entrados en la sentencia, hecha pública ayer y que condena a penas de entre 13 y nueve años de prisión para nueve de los 12 encausados, este especialista destacó que “ha quedado claro que el criterio del Gobierno era uno y el de la Fiscalía otro. O, lo que es lo mismo, que la Fiscalía ha actuado con independencia respecto al Gobierno”.

“Es interesante recordar

-continuó Pérez- que se plantearon todas las opciones en el juicio, ya fuera la rebelión por parte de la Fiscalía y las acusaciones populares, la sedición como hizo la Abogacía del Estado, la malversación o la absolución. Eso es muy importante dado que si la Abogacía del Estado no hubiera planteado la sedición, como quiera que se descartó la rebelión, la sentencia hubiera sido absolutoria o las penas hubieran sido meramente de inhabilitación”.

Sobre dicha polémica entre sedición y rebelión, Santiago Pérez reconoció que “no es fácil distinguirlas en el Código Penal, dado que parece como si la sedición sirviera como un remedio para cuando los hechos son graves pero no tanto como para ser considerados como una rebelión. Además, si se atiene a la literalidad del Código, el legislador parece estar pensando en asuntos militares, porque hace referencias constantes a los mandos. Afortunadamente no hay demasiada jurisprudencia sobre el tema en España, o quizás debería decir que lamentablemente, porque eso quiere decir que muchos de estos casos triunfaron, y por eso no fueron juzgados”, apostilló este experto.

“En resumen -añadió Pérez-la sentencia está bien fundamentada, y hay que destacar tres cosas de la misma. Por una parte, que el Tribunal actuó con prudencia e hizo bien, porque hasta la Fiscalía reconoció que no se trataba de una rebelión al modo clásico, y no cabe condenar por analogía en un caso así. Por otra parte, el hecho de que la sentencia se haya dictado por unanimidad le da tanto fuerza jurídica como moral, lo que se llama autoritas, algo que no habría ocurrido si el Tribunal hubiera estado dividido. Por último, el hecho de que el Tribunal no aceptase los límites que la Fiscalía solicitó para la posible aplicación del tercer grado desmiente a quienes lo acusan de haber actuado con un ánimo de venganza que, evidentemente, no ha existido”.

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