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Un juzgado declara fijo a un empleado público que lleva 23 años como temporal

La magistrada tinerfeña cataloga de “fraudulenta” la contratación por parte de la Administración autonómica de este auxiliar administrativo
Acceso principal al Usos Múltiples I, en Santa Cruz de Tenerife. Fran Pallero
Acceso principal al Usos Múltiples I, en Santa Cruz de Tenerife. Fran Pallero

La magistrada titular del Juzgado de lo Social número 2 de Santa Cruz de Tenerife, Rosa María Reyes, ha dictado una sentencia que declara fijo a un empleado público del Gobierno de Canarias que ha ejercido con un contrato temporal desde hace casi 23 años, y que accedió al puesto a través de un proceso selectivo en el que obtuvo una de las siete mejores puntuaciones de entre los aspirantes que se presentaron en Gran Canaria, donde permaneció un año antes de ser trasladado a la otra isla capitalina, en información adelantada por el diario digital Canarias Ahora.


La sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), acredita la contratación fraudulenta del trabajador por parte de la administración autonómica y considera que esa declaración de fijeza en su puesto de trabajo no conculca los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso al empleo público, ya que el afectado concurrió a una convocatoria para la selección de personal para su contratación temporal, en la que se le exigía una titulación académica y la realización de una prueba teórica y otra práctica.


Esta sentencia sigue la línea marcada ya desde la Unión Europea, cuya justicia despejó posibles dudas a este respecto, lo que obliga a las autoridades españolas (y por ende canarias) a terminar con este tipo de prácticas que, como se puede observar en el caso que nos ocupa, se llevan realizando desde hace décadas.


El demandante cuyos derechos son ahora reconocidos en primera instancia ostenta la categoría profesional de auxiliar administrativo en la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial. En septiembre de 2020 reclamó en los juzgados que se le reconociera el carácter fijo o asimilado de su relación contractual con la administración. Un año y tres meses antes, el mismo juzgado había declarado su condición de personal laboral indefinido (no fijo) hasta que se cubriera de forma definitiva o se amortizara la plaza que ocupaba. Y ese era el argumento al que se agarraron los servicios jurídicos del Gobierno canario para oponerse a sus pretensiones, al entender que su puesto tiene carácter provisional, detalla el citado digital.


Esa fórmula del trabajador “indefinido no fijo” es una figura creada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que permite a los trabajadores públicos en abuso de temporalidad permanecer en sus puestos, pero solo hasta que se ocupe la plaza definitivamente mediante los procesos selectivos ordinarios de oferta de empleo público o hasta que se amorticen. Es decir, hasta que se supriman de forma definitiva.

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