La Dirección General de Tráfico (DGT) señala que una de las prácticas más habituales puede acarrear una multa. Si sueles acudir al supermercado en el coche y dejar las bolsas junto a tu vehículo, en el aparcamiento, es importante que sepas lo que establece el Reglamento General de Circulación. Aunque pueda parecer una costumbre común, lo cierto es que se considera una infracción leve que puede suponer una sanción económica de hasta 80 euros.
El artículo 12 del Reglamento General de Circulación prohíbe arrojar, depositar o abandonar objetos o sustancias en la vía que puedan obstaculizar la circulación, la parada o el estacionamiento, hacerlos peligrosos o dañar la vía o sus instalaciones, o producir efectos que alteren las condiciones idóneas para circular, parar o estacionar.
La Ley de Tráfico y Seguridad Vial indica que dejar las bolsas en el suelo del aparcamiento puede dificultar que otros conductores puedan estacionar. De hecho, algunas personas permanecen en una plaza para “guardar” el sitio a otra. La normativa es clara: los peatones no pueden detenerse en el arcén o la calzada, aunque sea para esperar a un vehículo, sino que deben esperar en un lugar seguro a su altura. Aunque mucha gente lo haga, bloquear o impedir un sitio está prohibido, y la multa por estas infracciones puede alcanzar los 80 euros.
Además, colocar las bolsas en un lugar inadecuado puede suponer una sanción económica de 200 euros. El artículo 14 del Reglamento General de Circulación establece que la carga transportada en un vehículo no puede arrastrarse, caer total o parcialmente o desplazarse de forma peligrosa. Asimismo, si la carga compromete la estabilidad del vehículo, la multa asciende a 200 euros.