El Tribunal Supremo ha dado la razón a dos entidades tinerfeñas dedicadas a la pesca del atún frente a la Organización de Productores de Túnidos, Islatuna, para que se les abonen los fondos del Programa de Opciones Específicas para las Islas Canarias (Poseican) de 2015 y 2016.
Los atuneros reclaman algo más de 600.300 euros aunque ahora el TS en una sentencia obliga a que la cantidad final sea fijada en la ejecución de la sentencia que se llevará a cabo en los próximos meses.
En primera instancia ya se determinó que por lo pronto a una de las empresas se le deben pagar 11.000 euros y a otra 14.000, más intereses en concepto de gestión de estos fondos correspondientes al año 2014, que al parecer habían sido indebidamente deducidos en la liquidación de 2017.
Pero además el Juzgado en aquel entonces ya concluyó que la totalidad del dinero reclamado debería ser fijado cuando se ejecute el fallo judicial.
Estas empresas abandonaron Islatuna en 2017 y desde entonces han reclamado el dinero correspondiente a 2015 y 2016 que se fija según el número de capturas.
Normalmente la cantidad solía rondar los 125.000 euros por campaña cuando eran miembros de este colectivo al que vendían sus productos para que luego fueran transportados y comercializados en la Península.
La Organización alegó que los demandantes habían perdido su derecho a participar en la toma de decisiones y por lo tanto debían aceptar la cuantía del reparto fijada por la asamblea, a la que ya no pertenecían por decisión propia.
La Audiencia Provincial ordenó a Islatuna que pagara los gastos de gestión de los fondos correspondientes a 2014, tal y como se había determinado en primera instancia y también el reparto del Poseican de 2015 y 2016 cuya cuantía también sentenció que se fijará en la ejecución de la sentencia, una vez que ésta sea firme.
En el Supremo la empresas manifestaron que la Audiencia ya había estipulado “con claridad y precisión” las bases para llevar a cabo la liquidación según una simple operación arimética que consiste en cuantificar el número de túnidos capturados y a partir de aquí se procedería a la liquidación final.
Islatuna volvió a plantear ante el TS que era una organización sin ánimo de lucro y que las empresas que reclaman este dinero habían perdido el derecho a cobrarlo debido a que abandonaron a la organización.
El reparto de los fondos europeos entre los socios se corresponde a la cantidad sobrante de la subvención europea destinada a sufragar la comercialización y transporte del pescado una vez descontados los gastos de funcionamiento.
A los socios se les paga por el primer concepto pero se les descuenta un 10% por los gastos de gestión de las subvenciones y un 10% por kilo de pescado.