La Audiencia de Las Palmas ha dictaminado sentencia en el caso de la violación a una turista en un parque de Puerto Rico, en el sur de Gran Canaria, que ocurrió la noche del 26 de febrero de 2021. Según la noticia publicada por el periódico Canarias 7, los cuatro jóvenes responsables de los hechos, conocidos como la manada de Gran Canaria, han sido condenados a penas de entre 36 y 42 años de cárcel.
El principal acusado, Aziz L., de 24 años, recibió la pena más alta, 42 años de prisión, al ser declarado culpable de dos delitos de violación y cómplice en otros tres de agresión sexual con penetración cometidos por sus compañeros. Los otros tres imputados, Mohammed E.B., de 34 años; Hicham E. A., de 26 años; y Hamza E.Z., de 23 años; han sido sentenciados a 36 años de prisión cada uno, por cometer un delito de violación y ser cómplices de otros cuatro de agresión sexual con penetración.
Además de las penas de cárcel, los cuatro condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima con 15.000 euros. El abogado de uno de los acusados ha adelantado que apelarán la sentencia al Tribunal Superior de Justicia de Canarias, calificándola de “exagerada”.
La sentencia establece que los agresores se turnaron para cometer la violación, actuando de manera previamente planificada y con la intención de atentar contra la libertad sexual de la víctima, una turista con pasaporte noruego que se encontraba caminando sola por el parque del barranco de Agua La Perra cuando fue abordada.
Además de las penas de prisión, se les aplicará un límite máximo de cumplimiento de 20 años de encarcelamiento y se les impondrán medidas accesorias, como la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, así como la libertad vigilada tras su salida de prisión.
El abogado del principal acusado ha expresado su desacuerdo con la sentencia, argumentando que existen “lagunas” en la fundamentación del fallo y que su cliente mantiene su inocencia, alegando que las relaciones fueron consentidas. Entre las lagunas mencionadas, se refiere a que el informe del servicio de urgencias del hospital no refleja las lesiones de agresión sexual mencionadas por el médico forense.
El letrado y otros defensores presentarán un recurso ante el TSJC para que otro tribunal revise el caso, considerando que las deficiencias en la argumentación merecen una segunda opinión.