Los derechos fundamentales constituyen la esencia misma del régimen constitucional y acompañan, lógicamente, a la definición del artículo 1.1. constitucional del “Estado social y democrático de Derecho”. La armonía entre derechos fundamentales y Estado social de Derecho permite avanzar algunas consideraciones sobre la operatividad de la dignidad humana en el marco de un nuevo Derecho Administrativo que, obviamente, trae su causa de los parámetros y principios constitucionales, la dignidad humana como punto de partida y punto final, pues, como sabemos, el Derecho Administrativo es el Derecho Constitucional concretado, puntualizado, proyectado sobre la realidad. La Constitución de 1978 ha producido evidentes impactos sobre los pilares de nuestro Derecho Administrativo, llegando a conformar un Derecho Administrativo Constitucional presidido precisamente por una interpretación del interés general en armonía con la dignidad humana, los derechos inherentes a la persona y el libre desarrollo de la personalidad, que son, por este orden, según el artículo 10.1 constitucional, los fundamentos del orden político y la paz social, junto al respeto a la ley y a los derechos de los demás. El artículo 103 de la Constitución española comienza señalando que “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales”. Es decir, los intereses generales, que vienen definidos por la defensa, protección de la dignidad humana y los derechos de ella derivados, constituyen la razón de ser de la Administración Pública. Por eso, el denominado Derecho Administrativo Constitucional está llamado, por ello, a garantizar, a preservar y a fortalecer la dignidad humana y los derechos fundamentales de la persona, los individuales y los de orden social que de ella se derivan. Es lógico que así sea puesto que el interés general en un Estado social y democrático de Derecho se dirige hacia la efectividad de los derechos fundamentales que son el reflejo más relevante de la centralidad de la dignidad humana en el panorama jurídico. Hoy, sin embargo, contemplamos a diario cómo se desnaturaliza y se utiliza el interés general para los fines más inconfesables.