El BOE introduce nuevos cambios para algunos de los productos más consumidos en España. Jamón, chorizo, salchichón y otros derivados cárnicos tendrán que adaptarse a una actualización normativa que endurece el uso de términos como “natural” o “artesano” y refuerza las exigencias de trazabilidad y etiquetado en el sector alimentario.
La reforma, aprobada mediante un nuevo real decreto, no solo afecta a los embutidos tradicionales, sino también a productos como el pan sin gluten, la horchata, las aceitunas rellenas, la sidra o los vinagres. El objetivo del Gobierno es adaptar normas alimentarias que llevaban décadas sin actualizarse y responder a un consumidor cada vez más atento a la composición y presentación de los alimentos.
El BOE pone límites al uso de “natural” y “artesano”
Uno de los cambios más relevantes afecta directamente a los derivados cárnicos. A partir de ahora, productos como jamón, chorizo o salchichón solo podrán utilizar la mención “natural” si cumplen requisitos concretos.
Entre ellos, no podrán incorporar organismos modificados genéticamente, ingredientes irradiados, nanomateriales artificiales ni determinados aditivos. Además, en el caso de los embutidos, únicamente se permitirá el uso de tripa natural.
La nueva normativa también regula la mención “elaboración artesana”, que hasta ahora carecía de criterios específicos en este ámbito. El BOE establece que el proceso deberá priorizar el factor humano frente al mecánico y limitar la producción en grandes series para poder utilizar esta denominación.
Cambios en el jamón y más control sobre la trazabilidad
El decreto actualiza además las normas de identificación y trazabilidad del jamón curado y la paleta. Las piezas seguirán estando obligadas a incorporar un sistema de marcado con la semana y el año de entrada en salazón, aunque el BOE aclara cómo deberá mantenerse esta trazabilidad en productos loncheados, deshuesados o fraccionados.
Otro de los cambios llamativos es el reconocimiento oficial del “jamón de pavo” como denominación legal dentro de los productos tradicionales regulados en España. Al mismo tiempo, desaparece la denominación “mortadela bolonia” para evitar confusiones con la indicación geográfica protegida italiana “Mortadella Bologna”.
Del pan sin gluten a la horchata sin azúcar
La reforma va mucho más allá de la industria cárnica. El BOE permitirá que los productos sin gluten puedan comercializarse oficialmente bajo la denominación de “pan”, algo especialmente relevante para las personas celíacas o con intolerancia al gluten.
También habrá novedades en la horchata de chufa. La nueva regulación permitirá elaborar versiones sin azúcares añadidos o con contenido reducido de azúcar, aunque prohíbe el uso de edulcorantes y colorantes para preservar las características tradicionales del producto.
En el caso de las aceitunas rellenas, el etiquetado deberá especificar cuándo el relleno está elaborado en forma de pasta y detallar claramente sus ingredientes.

