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Ya ha entrado en vigor: el cambio en las etiquetas del súper que afecta al jamón y al pan

El Real Decreto 142/2026 obliga a las empresas a ser exactas: de la nueva denominación del pan sin gluten a los ingredientes obligatorios en el relleno de las aceitunas: también afectará a Canarias
El cambio en las etiquetas del súper que afecta al jamón y al pan. DA
El cambio en las etiquetas del súper que afecta al jamón y al pan. DA

La normativa alimentaria en España ha experimentado una transformación significativa tras la entrada en vigor, el pasado 1 de marzo, del Real Decreto 142/2026. Esta regulación, publicada originalmente el 25 de febrero, deroga y modifica diversas normas con el objetivo de reforzar la trazabilidad y garantizar una transparencia total sobre el contenido de los productos que integran la cesta de la compra.

La nueva legislación, impulsada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, obliga a las empresas a informar de manera exacta sobre los ingredientes y procesos de elaboración.

Los cambios afectan directamente a productos cotidianos comoel pan, los derivados cárnicos y las bebidas, algo que también incidirá en Canarias.

Revolución en productos cárnicos y aceitunas

Uno de los puntos más destacados es la regulación del denominado jamón de pavo. A partir de ahora, este producto deberá reforzar su trazabilidad, facilitando al consumidor el acceso al detalle de sus ingredientes y su clasificación exacta (jamones o paletas). En el caso de los productos cárnicos, será obligatorio incluir la fecha de inicio del salazón.

Asimismo, las aceitunas rellenas afrontan una exigencia de información más estricta. En variedades como las aceitunas con anchoa, las etiquetas deberán desglosar obligatoriamente los ingredientes y los procesos seguidos para la elaboración específica del relleno.

El nuevo estatus del pan sin gluten y las galletas

El Real Decreto también se alinea con la normativa europea respecto al sector de la panadería. Los productos elaborados sin gluten podrán denominarse oficialmente como “pan”, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en su norma de calidad vigente.

En cuanto a la fabricación de galletas, la normativa elimina el límite máximo de cenizas (residuo mineral del proceso de quema). Este cambio técnico permite a las empresas ampliar la elaboración de galletas integrales, con fibra o ingredientes derivados que potencien el contenido natural del producto sin las restricciones previas.

Bebidas: de la horchata a la sidra de hielo

El sector de las bebidas también suma novedades:

  • Horchata de chufa: Se permite la elaboración de variedades sin azúcar o sin azúcares añadidos, aunque queda terminantemente prohibido el uso de colorantes y edulcorantes.
  • Sidra: Se introducen nuevas categorías, destacando la aparición de la sidra de hielo y la recuperación de métodos de elaboración tradicionales.

Con la aplicación de este Código Alimentario actualizado, las autoridades buscan adaptar la legislación a las innovaciones técnicas del mercado y a la demanda de los consumidores, quienes exigen información precisa sobre la elaboración y el consumo de los productos diarios.

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