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¿Te sobra comida? Ya está en vigor: envases gratis o multas de hasta 500.000 euros

Bares, restaurantes y supermercados de las Islas deben aplicar desde ya el plan contra el desperdicio alimentario o afrontar sanciones que parten desde los 2.000 euros
¿Te sobra comida? Ya es oficial: envases gratis o multas de hasta 500.000 euros
Entra en vigor la Ley de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario. DA

El sector de la alimentación y la hostelería en el Archipiélago ha entrado en una nueva etapa regulatoria. Tras finalizar el periodo de gracia de un año concedido por el Gobierno, la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario ya es de obligado cumplimiento.

Desde esta semana, las empresas que no hayan adaptado su operativa a las exigencias de la norma se enfrentan a un severo régimen sancionador.

Obligaciones inmediatas para la hostelería

Uno de los puntos clave que ya deben aplicar todos los establecimientos hosteleros es la obligatoriedad de facilitar envases sin coste adicional a los clientes que deseen llevarse los restos de su comida.

Esta medida debe ser informada de forma “clara y visible” en el local, preferentemente en la carta o menú. Solo quedan excluidos de esta obligación los servicios tipo bufé libre o formatos similares.

Además, las empresas con una superficie de venta superior a los 1.300 metros cuadrados tienen la obligación legal de disponer de un plan de prevención que establezca una jerarquía de prioridades para sus excedentes.

Jerarquía de prioridades

La normativa establece un orden estricto sobre qué hacer con los alimentos que no se lleguen a vender o consumir:

  1. Donación para consumo humano: Prioridad absoluta mediante acuerdos con bancos de alimentos o ONG.
  2. Transformación: Elaboración de mermeladas, zumos o cremas a partir de productos no vendidos.
  3. Alimentación animal: Destino a la fabricación de piensos.
  4. Uso industrial y compostaje: Obtención de subproductos, combustibles o reciclado agrícola.

Multas de hasta 500.000 euros

El incumplimiento de estas medidas conlleva sanciones económicas divididas en tres niveles.

  • No informar al cliente sobre la posibilidad de llevarse las sobras o no aplicar la jerarquía de prioridades se considera una infracción leve con multas de hasta 2.000 euros.
  • Las faltas graves, como no contar con un plan de prevención o destruir intencionadamente alimentos aptos para el consumo, pueden alcanzar los 60.000 euros.
  • En los casos más extremos y de reincidencia (infracciones muy graves), las sanciones pueden elevarse hasta los 500.000 euros.

Excepciones a la norma

La ley contempla flexibilidad para los pequeños actores del sector. Quedan exentas de la obligación de contar con un plan de jerarquía las microempresas con menos de 10 trabajadores, las explotaciones agrarias con menos de 50 empleados y los establecimientos comerciales con una superficie útil de venta igual o inferior a los 1.300 metros cuadrados.

Empresas del sector subrayan que, más allá de la sostenibilidad, la aplicación de esta ley busca mejorar la eficiencia operativa.

El objetivo nacional, alineado con la Agenda 2030, es reducir a la mitad el desperdicio de alimentos por habitante.

Se estima que en España cada ciudadano tira una media de 28 kilos de comida al año, una cifra que la nueva normativa pretende recortar drásticamente mediante la gestión eficiente de stocks y la digitalización de las donaciones.

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