El Pleno de la Sala Social del Alto Tribunal ha publicado este martes un fallo que supone un auténtico jarro de agua fría para cerca de un millón de trabajadores temporales en España. La esperada sentencia sobre interinos del Tribunal Supremo fija doctrina sobre una de las cuestiones más polémicas de la función pública: la posibilidad de convertirse en empleado fijo tras años de abuso de temporalidad sin haber superado una oposición. La respuesta del tribunal ha sido clara: no será posible adquirir la condición de trabajador fijo por la vía directa si no se ha superado previamente un proceso selectivo bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad.
El Alto Tribunal argumenta que otorgar la fijeza de forma automática a quienes no han superado una prueba de acceso vulneraría directamente la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Según la sala, permitir este “atajo” impediría el acceso al empleo público en igualdad de condiciones para el resto de la ciudadanía, blindando la necesidad de procesos transparentes de selección.
La fijeza como excepción: el caso de quienes aprobaron sin plaza
A pesar del tono restrictivo de la resolución, la sentencia sobre interinos del Tribunal Supremo introduce un matiz crucial que abre una ventana de esperanza para un grupo específico de trabajadores. El Supremo sí considera legal la conversión en trabajadores fijos de aquellos interinos que, en algún momento de su trayectoria, hayan superado una prueba selectiva para personal fijo pero no obtuvieron plaza por falta de cupo.
En estos casos específicos, si el trabajador continuó prestando servicios bajo contratos de duración determinada y se constata un abuso en la temporalidad, el tribunal entiende que su conversión en fijo no es contraria a la ley. La lógica reside en que este personal ya ha demostrado su capacitación conforme a los requisitos legales de acceso, y el abuso posterior evidencia una necesidad estructural de la Administración que debe ser reparada con la estabilidad laboral.
Indemnizaciones y sanciones: el nuevo escenario para el resto
Para la gran mayoría de interinos que se encuentran en situación de fraude de ley pero no han superado nunca un proceso selectivo, el camino se desvía hacia la compensación económica. El Supremo establece que las medidas para prevenir y reparar el abuso serán:
- El abono de una indemnización económica calculada según los criterios fijados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
- La remisión de las actuaciones a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para iniciar expedientes sancionadores contra las administraciones que han abusado de la temporalidad.
Este fallo busca equilibrar la protección del trabajador frente al abuso administrativo con el respeto escruposo a la normativa constitucional de acceso al empleo público. Sin embargo, la decisión deja en una situación de incertidumbre a cientos de miles de empleados que confiaban en que la justicia obligara a una regularización masiva de su estatus laboral.
Impacto en las administraciones locales y autonómicas
La doctrina fijada este martes obligará a las distintas Administraciones, incluidas las de Canarias, a revisar sus procesos de estabilización. La sentencia sobre interinos del Tribunal Supremo subraya que el abuso de temporalidad es una irregularidad que debe ser castigada, pero la fijeza no puede ser el “castigo” por defecto si colisiona con el derecho de todos los ciudadanos a opositar por una plaza pública.
Con esta sentencia, el Supremo intenta cerrar el debate jurídico nacional, aclarando que la Cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada debe garantizarse mediante indemnizaciones y sanciones, reservando la fijeza solo para casos excepcionales de capacitación previa demostrada.

