El Tribunal Supremo condenó ayer al exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, a 24 años y tres meses de prisión (la mayor cifra en la historia contra un ministro español), a su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses y al empresario Víctor de Aldama a cuatro años y medio por irregularidades en la compra de mascarillas en la pandemia, si bien este corruptor confeso no entrará en la cárcel al aplicársele la atenuante de “colaborar” y las condenas por cada uno de sus delitos se han rebajado de dos años.
Así lo decidió por unanimidad el tribunal de la sala de lo Penal en una sentencia de 224 páginas tras la celebración del juicio contra los tres durante los meses de abril y mayo, que se extendió 14 jornadas. Los magistrados declaran a Ábalos y Koldo culpables de los delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación, mientras que los absuelven de prevaricación, uso de información privilegiada y falsedad.
A Aldama lo condenan por los delitos de organización criminal y cohecho, pero le absuelven de inducción a la prevaricación, aprovechamiento de información privilegiada y falsedad. Para el tribunal, han quedado probadas irregularidades en la adjudicación de 13 millones de mascarillas por parte de entidades de Transportes como Puertos del Estado y Adif a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada a Aldama; la remuneración mensual de 10.000 euros para “gastos fijos” de Ábalos, y la contratación de dos mujeres vinculadas al exministro en empresas públicas, Claudia Montes y Jéssica Rodríguez, a la que la trama pagó el alquiler de un piso.
También ve acreditado el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un piso en Madrid y el arrendamiento de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción (Cádiz) también con opción de compra por gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa sobre rescate de Air Europa y para la concesión de una licencia de hidrocarburos.
El tribunal impone a Ábalos 52.500 euros de multa, 45.750 a Koldo y 72.000 a Aldama, a la vez que ordena que el exministro y su exasesor indemnicen a las empresas públicas Ineco y Tragsatec en 34.450 euros y 9.500,54, en concepto de responsabilidad civil, por la contratación a dedo de Rodríguez.
También acuerda decomisar a los tres condenados las ganancias provenientes del delito de cohecho por importe de 430.298 euros: 340.000 por los 10.000 mensuales satisfechos por Aldama durante 34 meses, 82.295 por la renta del alquiler del piso que disfrutó Rodríguez en la madrileña Plaza de España y 8.000 euros por la renta del chalé de ‘Villa Parra’ en Marbella (Málaga).
ÁBALOS, JEFE DE LA TRAMA CRIMINAL
El tribunal considera acreditado que los tres “constituyeron una organización, en la que cada uno de ellos asumió un papel diverso y complementario, con un preciso reparto de funciones”. A su juicio, “convinieron” que, aprovechando el cargo que tenía Ábalos tanto en el Gobierno de Pedro Sánchez como de número tres en el PSOE, “podría favorecer, a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración en cuantas ocasiones hubiera oportunidad”, por mercantiles promovidas por Aldama, así como facilitar al empresario “el acceso preferente para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas”.
Seguidamente, indica que tanto Koldo como Aldama consideraban a Ábalos “el jefe”, ya que “aportaba la autoridad” que le confería su máxima responsabilidad en Transportes y como secretario de Organización del PSOE “su directa influencia cuando era precisa”, aprovechándose, en lo demás, de su asesor y “hombre de confianza” y “alter ego”, que “siempre actuaba en su nombre”.
Del exministro, sostiene que cometió un delito de cohecho pasivo por “solicitar y aceptar el ofrecimiento” de dos millones que hizo Aldama “a cambio de encauzar” por parte de Puertos del Estado y Adif “las adjudicaciones de compra de mascarillas” en favor de Soluciones de Gestión, sociedad vinculada al presunto conseguidor del caso Koldo.
De Koldo destaca que estuvo en la “génesis” de la organización, participó de forma “activa” en el reparto de papeles e influyó “decisivamente, con gestiones personales, en la adjudicación de contratos públicos”. “Se encarga de arreglar (sic) la contratación de personas en entidades del sector público y solicita y gestiona la obtención de dádivas”, argumenta, para añadir que su actividad no fue secundaria o subordinada respecto a Ábalos, pero su reproche penal es menor por “ocupar posiciones funcionariales diversas”.
ALDAMA NO DEBERÁ DEVOLVER LOS MILLONES
Respecto a Aldama, señala que fue la persona que, “en beneficio propio y de terceros, aprovechando su influencia sobre el también acusado Koldo y sobre el mismo Ábalos, garantizada mediante el pago continuado de otras cantidades de dinero, consiguió, para sí o para terceros, y con beneficio económico, la adjudicación de contratos”, alguno de ellos juzgados en esta causa. El empresario era el encargado de localizar empresas o particulares interesados en gestiones con la Administración para, “articulando sus intereses, hacerlos valer con preferencia y de manera arbitraria ante aquella, siempre a cambio de la correspondiente prestación económica, de la que hacía partícipes a Ábalos y a Koldo”.
Este empresario no tendrá que devolver nada del dinero que ganó con la trama (más de 6 millones), ni siquiera los 2 que se le reivindicaban desde Hacienda.
Para el TS, la organización tenía desde su origen “vocación de permanencia en el tiempo” y lo evidencia “el hecho de que estuvo operando durante varios años y proyectando su actuación delictiva en distintas esferas, que solo comenzó a debilitarse tras la simultánea salida de Ábalos y Koldo” de Transportes, aunque continuó tras el cese como ministro. Y expresa que los tres eran apoyados por otras autoridades y funcionarios, así como por personas del entorno empresarial de Aldama y por familiares de Koldo, no juzgados en esta causa pero a los que investiga la AN.






