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La pregunta que muchos se hacen ante las elecciones generales: cuándo sabré si me toca mesa electoral el 29-N

Los Ayuntamientos realizarán los sorteos y los seleccionados deberán ser avisados en los tres días siguientes a su designación
La pregunta que muchos se hacen ante las elecciones generales: cuándo sabré si me toca mesa electoral el 29-N

La pregunta que muchos se hacen ante las elecciones generales: cuándo sabré si me toca mesa electoral el 29-N

Las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 obligarán a miles de ciudadanos a formar parte de las mesas electorales. La designación se realiza mediante sorteo público en cada Ayuntamiento y, según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), deberá efectuarse entre finales de octubre y comienzos de noviembre.

Si la convocatoria electoral se publica en el BOE el 6 de octubre, el plazo ordinario fijado por la ley sitúa los sorteos entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre, al realizarse entre los días vigésimo quinto y vigésimo noveno posteriores a la convocatoria.

Por tanto, quienes resulten elegidos comenzarán a recibir las comunicaciones a principios de noviembre.

Cómo se eligen los miembros de las mesas electorales

La constitución de las mesas corresponde a los Ayuntamientos, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona.

Cada mesa está compuesta por un presidente y dos vocales. Además, se designan dos suplentes para cada uno de los tres miembros, según establece la LOREG.

El sorteo se realiza entre las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años.

Existe, no obstante, una particularidad para los electores de entre 65 y 69 años: si son designados, pueden manifestar su renuncia durante los siete días siguientes.

Así, si los sorteos de las elecciones generales del 29-N se celebran entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre, las primeras notificaciones podrán llegar desde comienzos de noviembre y extenderse durante los días posteriores en función de cuándo realice el sorteo cada Ayuntamiento.

No existe, por tanto, una única fecha para toda España en la que los ciudadanos sepan si les ha tocado participar en una mesa.

Qué hacer si no puedes acudir

Ser presidente o vocal de una mesa electoral es obligatorio, salvo que exista alguna de las causas admitidas legalmente para excusarse.

Los ciudadanos designados disponen de siete días desde la notificación para presentar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y debidamente documentada que les impida desempeñar el cargo.

La Junta Electoral dispone, a su vez, de cinco días para resolver la solicitud. La normativa recoge diferentes circunstancias personales, familiares y profesionales que pueden justificar la ausencia, aunque deben acreditarse en cada caso.

Por ello, quienes reciban durante noviembre una comunicación para participar en las elecciones generales del 29 de noviembre deberán comprobar tanto el cargo asignado como los plazos establecidos si consideran que concurre alguna causa que les impida acudir.

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