Contratar una póliza de seguros es algo que no siempre resulta opcional: al igual que existen pólizas de vida o de salud que son totalmente voluntarias, y que las personas utilizan para su tranquilidad, las normativas españolas obligan a los ciudadanos a contar con algunos de estos contratos en diversos escenarios.
A la hora de contratar seguros obligatorios, es importante saber cuáles son, en qué caso se hacen necesarios y, sobre todo, qué cubren, puesto que a los básicos necesarios por la ley se pueden sumar otras coberturas adicionales que son muy interesantes para el propio usuario.
Los seguros obligatorios que existen en España son los siguientes: seguro del vehículo, seguro de responsabilidad civil, seguros del hogar, seguro de mascotas, entre otros.
El seguro del coche: el «obligatorio» más conocido
Cualquier persona que maneje un vehículo motorizado sabe que entre los papeles que tiene que llevar para ir en regla necesita un seguro. En este caso, la normativa obliga a los conductores de coches, motos y ciclomotores a contar con un seguro que cubra la responsabilidad civil del conductor.
¿Qué quiere decir esto? Que la póliza solo cubrirá los daños que esta persona pueda causar en colisiones o en cualquier escenario en el que haya un accidente culpa del asegurado.
Por el contrario, con el seguro a terceros, como se le conoce popularmente, no se asumirán los gastos de reparación que tenga el cliente sobre su propio transporte.
Para ello, será necesario contratar un seguro a terceros con coberturas ampliadas o lo que se conoce como una póliza a todo riesgo si se quiere elegir un seguro de coche con más servicios a favor del propio cliente.
Seguro del hogar: asociado a la hipoteca
¿El seguro del hogar es obligatorio? No en todos los casos, pero sí en una circunstancia que afecta a una gran parte de la sociedad española: cuando se tiene una hipoteca. La regulación nacional incluye la necesidad de que el comprador de un inmueble tenga un seguro del hogar siempre que firme una hipoteca con el banco, ya sea a interés fijo o variable.
Así está estipulado en el Real Decreto 715/2009, donde se especifica que dicho contrato debe tener, al menos, una cobertura contra incendios y otros daños. De nuevo, esto puede ser ampliado con otro tipo de escenarios en los que la aseguradora actuará asumiendo los gastos producidos (robos, desperfectos y otro tipo de roturas, por ejemplo).
Seguro de mascotas: una nueva obligación
En el seguro de mascotas hay que hacer alguna precisión relativa a la nueva ley de bienestar animal, que entró en vigor en el año 2023.
Hasta este momento, solo los propietarios de perros considerados potencialmente peligrosos tenían que contar con este seguro de responsabilidad civil para aquellos escenarios en los que el animal pudiera causar accidentes o desperfectos.
Sin embargo, la nueva norma amplía esta necesidad: todos los perros, independientemente de su raza, deben estar asociados a una póliza de estas características. Los motivos son los mismos: cubrir aquellos accidentes o daños que la mascota pueda causar a terceros.
Aunque la aplicación de dicha obligatoriedad está pendiente de la publicación del reglamento asociado, los centros veterinarios y el propio Estado recomiendan contar ya con este tipo de contratos para evitar conflictos con otras personas en el caso de accidentes, molestias y desperfectos.
Esta obligación es solo en el caso de los perros; gatos y otras mascotas no tendrán por qué estar vinculados a un seguro. Se entiende que esto es así, puesto que los canes son los animales más activos y los que más salen a la calle.
Seguro de responsabilidad civil en ciertos escenarios
Aunque no están pensados para una mayor parte de la sociedad, existen muchas prácticas de ocio cuyas normativas están vinculadas a la contratación de una póliza, generalmente de responsabilidad civil ante terceros por posibles daños.
¿Cuáles son estas prácticas? Existen muchas y es una realidad en constante cambio, debido a la aparición de nuevas actividades que requieren de este tipo de protecciones. Actualmente, estas son algunas de las que más afectan a particulares, que tienen que contratar un seguro adecuado para no tener problemas:
Seguro de drones
Volar drones con objetivos de ocio o profesionales es cada vez más habitual. Son muchos los deportistas e influencers que los utilizan en sus salidas al aire libre para generar contenido para redes sociales.
En este caso, los drones que deben estar protegidos son aquellos que pesan más de 250 gramos. Los más pequeños, considerados juguetes, no tienen por qué contar con este tipo de pólizas, aunque siempre es aconsejable.
En la práctica, los drones desde 250 gramos a 20 kilos deben volar siempre con un seguro en el que la empresa que se comprometa a cubrir daños hasta los 265 000 euros. El seguro, por último, está vinculado a la persona que lo vuela y no al objeto en sí; esto es algo a tener muy en cuenta.
Deporte federado
Todos los deportistas que estén federados y que compitan en eventos oficiales en España han de tener un seguro obligatorio. En este caso, la póliza cubrirá todos los riesgos de salud que la práctica de dicho deporte pueda tener en las personas que lo practican.
Aunque en la práctica son las federaciones autonómicas las que contratan estas pólizas, las personas federadas deben de ser conscientes de que existen y de que muchos de los accidentes que sufren pueden estar cubiertos por este contrato.
Además, en la mayor parte de los casos, son los propios usuarios los que abonan parte de este servicio al abonar las cuotas a los clubes o pagar las inscripciones de las pruebas en las que participan.
Caso especial es el de los cazadores, que además de este tipo de seguro de deportistas, deben contar con otra póliza por el uso de armas de fuego, que se activará en el caso de daños a terceros.
Todos estos son tan solo algunos de los seguros obligatorios más utilizados y contratados en nuestro país. A la hora de contratarlos, hay que tener en cuenta qué cosas cubren para tener una cobertura suficiente, más allá del precio y de otras condiciones de contratación.