Las nuevas normas para dueños de perros en Canarias: hasta 15.000 euros de multa
Sacar al perro sin botella ya es infracción en municipios de Canarias
Durante años la regla no escrita fue sencilla en Canarias: bolsa en el bolsillo y a recoger. Pero en varios municipios de Canarias eso ya no es suficiente. Cada vez más ordenanzas incorporan una segunda obligación que mucha gente desconoce: diluir la orina que el animal deja en la vía pública. Y no hacerlo constituye una infracción sancionable.
El ejemplo más reciente y más claro está en Los Silos, en el norte de Tenerife. Su nueva Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar Animal, publicada íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife el pasado 21 de agosto, considera expresamente infracción leve no diluir con líquido biodegradable los orines evacuados por el animal en espacios públicos. La norma entró en vigor con esa publicación.
Cuánto cuesta y qué más regula
El cuadro sancionador del municipio establece multas de entre 60 y 200 euros para las infracciones leves, entre 201 y 1.500 para las graves y entre 1.501 y 15.000 para las muy graves. Los orines sin diluir entran en el primer tramo, de modo que la cifra realista para ese supuesto concreto se mueve en las decenas de euros, no en los miles.
La misma ordenanza en Canarias obliga además a recoger y retirar inmediatamente los excrementos y a limpiar en la medida de lo posible la zona afectada. Y considera también infracción leve alimentar colonias felinas sin autorización del ayuntamiento. Regula incluso dónde pueden permanecer los animales dentro de una vivienda, prohibiendo su estancia continuada en terrazas y patios.
El matiz que se escapa a mucha gente es el del producto. Varias ordenanzas no hablan solo de agua, sino de líquido biodegradable o de agua mezclada con algún desinfectante. Una botella de agua a secas puede no cumplir la norma.
Cada municipio, su propia norma en Canarias
Esa es la parte que complica la vida al propietario y la que explica la confusión. En Canarias no existe una regla única: la competencia es municipal y cada ayuntamiento decide si la limpieza de los orines es obligatoria, recomendable o simplemente no está contemplada.
En Las Palmas de Gran Canaria, el ayuntamiento indica expresamente a los propietarios que lleven una botella con líquido para rociar la orina y diluirla, que procuren que el animal orine sobre las rejillas de evacuación de agua de lluvia o cerca del bordillo, y que eviten las zonas de tránsito peatonal y de juego para las deposiciones. La recogida de excrementos sí figura en la ciudad como infracción con sanción económica.
A todo ello se suma la normativa estatal en Canarias. La Ley de Bienestar Animal obliga desde su entrada en vigor a los dueños de perros a contratar un seguro de responsabilidad civil, una exigencia que sigue sin cumplir una parte considerable de los propietarios.
La recomendación práctica en Canarias es la misma que sirve para los festivos o para las zonas de aparcamiento: antes de dar nada por hecho, consultar la ordenanza del municipio propio. En un archipiélago con 88 ayuntamientos, lo que es correcto en una calle puede ser sancionable tres kilómetros más allá.