
El nuevo sistema electoral canario incluido en la reforma del Estatuto de Autonomía será de aplicación directa en los próximos comicios, incluso si no se produce un desarrollo legislativo por parte del Parlamento de Canarias, según un informe realizado por 12 juristas a instancias de la plataforma cívica Demócratas para el Cambio.
El Parlamento de Canarias, según las conclusiones de dicho informe, “está obligado a aprobar una ley que desarrolle aquellos aspectos de la normativa electoral cuya regulación pudiese resultar escasa u ofreciese dudas interpretativas”. En el caso de que el Parlamento no regulara los detalles de las elecciones en una ley, prosigue el documento, el decreto de convocatoria electoral del presidente del Gobierno deberá contemplar un Parlamento con setenta escaños elegidos en siete circunscripciones insulares y una regional, tal como establece el Estatuto.
El Estatuto, aprobado la semana pasada y que entrará en vigor en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado, establece la distribución de escaños entre las circunscripciones (3 por El Hierro, 8 por Fuerteventura, 15 por Gran Canaria, 4 por La Gomera, 8 por Lanzarote, 8 por La Palma, 15 por Tenerife y 9 por la circunscripción autonómica). También fija las barreras electorales en el 15% de los votos válidos insulares o el 4% de los regionales, tal y como recuerda Efe.
Sin embargo, el Estatuto no aclara si la votación para la circunscripción regional se realizaría en una urna distinta, con una sola papeleta con dos votos (uno para la circunscripción insular y otro para la regional), o si los electores no podrían dividir su voto, de manera que el mismo sufragio para la circunscripción insular se contabilizaría para la regional. El Estatuto indica que el Parlamento de Canarias elaborará, antes de tres años, una ley electoral, y, según el informe, si esa legislación se realiza antes de las próximas elecciones, previstas para mayor de 2019, debería aclarar esos detalles. Si para entonces no hubiera nueva legislación, será el decreto de convocatoria del presidente el que debe aclarar esas dudas. En todo caso, el informe considera que no permitir a los electores dividir su voto entre las circunscripciones insular y regional, y obligar al mismo voto para las dos, sería anticonstitucional.
Santiago Pérez: “Hace falta una ley porque son derechos fundamentales”
El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna Santiago Pérez se reafirmó ayer en sus postulados sobre la puesta en marcha de la reforma electoral incluida en el nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias, acerca de lo cual considera que hace falta una ley emanada del Parlamento autonómico para que sea aplicable en las próximas elecciones, previstas para mayo del año que viene, informa Tinerfe Fumero.
A pesar del informe presentado por Demócratas para el Cambio, Pérez entiende que “hace falta que el Parlamento desarrolle esa norma con carácter de ley, porque un decreto es insuficiente, al tratarse de una materia donde se dirimen derechos fundamentales, como son el derecho al sufragio, tanto activo como pasivo”. Además, Santiago Pérez resaltó que la inclusión de la apostilla “a instancia de sus miembros”, que no estaba en los estatutos anteriores, implica que dicha norma legal tiene que ser tramitada como proposición de ley, y que, en caso de no cumplirse el mandato estatutario, no se podrá reclamar, porque “el Parlamento es inviolable”.





