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Un resquicio de luz para el futuro de Bajo la Cuesta

José Fernando Gómez llevó al pleno de Candelaria una moción que podría lograr la desafectación del dominio público del barrio costero
Bajo la Cuesta está situado en el fondo de un acantilado, lleno de escombros de la TF-1 / DA

Un nuevo halo de esperanza se visualizó el jueves, durante el pleno del Ayuntamiento de Candelaria, para el futuro de Bajo la Cuesta, cuya mitad, cuatro años después, continúa desalojado a la espera de actuar en un talud propiedad de Costas y de una empresa privada (Dani Ran).

No es que el Ayuntamiento o las administraciones supramunicipales hayan decidido actuar en esa zona y asegurarla como hicieron con la anterior, en dominio de Endesa y Costas, sino que Bajo la Cuesta podría quitarse de encima del yugo de la Ley de Costas (22/1988 del 28 de julio) al seguir afectado por el deslinde del DPMT (Dominio Público Marítimo Terrestre), pese a que el barrio logró antes de esa fecha, por las Normas Subsidiarias, ser suelo urbano consolidado, con todos los servicios municipales incluido el asfaltado y electrificación de la única calle (Manuel Oliva), hasta que con el Plan General de 2007 perdió esa condición para pasar a rústico de protección litoral.

¿Y cómo va hacerlo? José Fernando Gómez expuso en la moción que finalmente quedó sobre la mesa, ante la falta de un informe técnico-jurídico del Ayuntamiento, que Bajo la Cuesta podría acogerse a la desafectación del dominio público, al no tener ya la consideración de “acantilado, playa o zona marítimo-terrestre”. La moción fue bien vista por todos los grupos, incluido el socialista, pero falta la conclusión de los técnicos municipales para armar un expediente ante Costas.

Qué dice la Ley

En el supuesto de los apartados 5 y 10 del Artículo 4 (terrenos deslindados como dominio público que por cualquier causa han perdido sus características naturales de playa, acantilado, o zona marítimo-terrestre y obras e instalaciones de iluminación de costas y señalización marítima, construidas por el Estado cualquiera que sea su localización, así como los terrenos afectados al servicio de las mismas), solo podrá procederse a la desafectación de terrenos previo informe preceptivo del Ayuntamiento y de la Comunidad Autónoma afectados y previa declaración de innecesariedad. La desafectación deberá ser expresa y antes de proceder a ella habrán de practicarse los correspondientes deslindes (Art. 18).

El secretario y Gómez, a cuenta de un acantilado

En el debate de la moción de Vecinos por Candelaria, que finalmente no se votó al retirarla José Fernando Gómez, al recordar el secretario municipal que faltaba en el informe de la arquitecta municipal “la conclusión final”, este expuso su opinión, recordando que “la última vez que estuve allí, era un acantilado”, a lo que contestó Gómez: “También lo era Radazul”.

 

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