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España define más grupos a vacunar con las dosis de Pfizer, Moderna y AstraZeneca

El nuevo protocolo publicado por el Ministerio de Sanidad y las Comunidades autónomas establece la creación de cinco nuevos grupos
Imagen de la vacunación de mayores de 80 años en La Palma, y que se está ralentizando por la falta de dosis para incrementar el ritmo de administración. DA

El Ministerio de Sanidad actualizó el protocolo de vacunación contra la COVID-19 de España. El departamento de Carolina Darias establece (de forma oficial) el orden de vacunación para los próximos grupos prioritarios y dividió por edad y tipo de vacuna. Tras los primeros colectivos, las comunidades autónomas inocularán los antígenos por franjas de edad.

El plan recoge la creación de cinco nuevos grupos. Se trata de las personas de 70 a 79 años (grupo 5B), de 60 a 69 (grupo 5C), las de menos de 60 con condiciones de riesgo alto de COVID-19 grave (grupo 7) y de edades comprendidas entre los 56 y 59 (grupo 8). A estos se les inoculará dosis de la vacuna de Pfizer o Moderna (ARNm).

El quinto grupo lo componen las personas de entre 45 y 55 años (grupo 9), a quienes se les administrará el antígeno de AstraZeneca una vez completada la vacunación a colectivos con función esencial.
El documento recuerda que el principal factor de riesgo de hospitalización y muerte es la edad superior a los 60 años y que va aumentando a medida que la edad es mayor. Por ello, basado en los “principios de necesidad y equidad”, debe comenzarse a vacunar cuanto antes a las personas de mayor edad que no están institucionalizadas.

La actualización hace también hincapié en que es imprescindible considerar el “principio de solidaridad” para que las vacunas que tienen eficacia acreditada en los grupos de mayor edad lleguen a estas personas, teniendo en cuenta que todas las vacunas disponibles en España son seguras y eficaces.

Del mismo modo, se hacen oficiales las recomendaciones de inmunización de las personas con infección previa por coronavirus, tanto asintomáticas como sintomáticas. De esta forma, la inoculación a estas personas llegará cuando “estén completamente recuperadas y haya finalizado el periodo de aislamiento”. En el caso de las de menos de 55 años que hayan pasado la infección de forma sintomática o asintomática, solo se administrará una dosis de vacuna seis meses después de la infección.

Grandes dependientes

Además, el documento prima el derecho a inocular una dosis a una persona dependiente por encima del deseo de su tutor legal. Matiza que se vacunará a aquellos “residentes y grandes dependientes” en los que haya “varios tutores legales” que no estén de acuerdo con la vacunación. “Prevalecerá la decisión que la ciencia apoya como mejor opción para estas personas, que es la vacunación, salvo que haya algún motivo clínico que justifique no hacerlo”.

Otra de las novedades es que se marca la premisa de “dosis puesta, dosis que cuenta”. Es decir, si por motivos de desabastecimiento o similares se retrasa la administración de la segunda dosis más allá del intervalo recomendado, “no se invalida la dosis puesta”, que seguirá protegiendo. Hay que recordar que la segunda dosis se administrará cuanto antes tras el día recomendado (21 días, Pfizer; 28 días, Moderna, y preferiblemente a las 12 semanas, en AstraZeneca).

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