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Tres años de cárcel para los padres de un bebé que murió por exceso de calor

Estaban acusados de un delito de homicidio imprudente por la muerte del menor y otro de lesiones a su mellizo

Los padres de un bebé que murió por exceso de calor en Ourense, a los que también se les imputaba un delito de lesiones a su mellizo, han aceptado tres años de cárcel en el juicio celebrado este martes.

En concreto, los hechos se remontan a los días 1 y 3 de marzo de 2019, cuando en el interior del domicilio familiar, situado en Ourense, uno de los dos progenitores “asió y presionó fuertemente”, según el escrito fiscal, a uno de los bebés de un mes de edad, “con el conocimiento del otro progenitor que no trató de evitarlo”.

Después de “zarandearlo con brusquedad y fuerza desproporcionada”, según el auto, el menor sufrió cuatro fracturas en el costado izquierdo que requirieron asistencia facultativa y observación y vigilancia en la UCI pediátrica.

Asimismo, en la madrugada del 3 de marzo los encausados acostaron al otro hermano mellizo en un cuco en una habitación separada de la suya y, según Fiscalía, “obviando las normas esenciales de cuidado”, encendieron y orientaron hacia el bebé un calefactor de aire caliente
que “provocó un calor excesivo ocasionando la muerte del mismo, probablemente, por deshidratación”.

Este martes, en el Juzgado de lo penal número 1 de Ourense, los padres han aceptado la petición de Fiscalía de 3 años de prisión reconociendo los hechos.

A pesar de que en un principio el Ministerio Público solicitaba 7 años de prisión, finalmente han llegado a conformidad entre las partes reduciendo la pena a los tres años aceptados. Uno por homicidio imprudente y dos años por las lesiones al otro menor.

RETIRADA DE LA PATRIA POTESTAD

Además, la sentencia les ha impuesto la retirada de la patria potestad del menor lesionado, que está tutelado por la Xunta de Galicia con una familia de acogida, y la obligación de indemnizar al menor lesionado con 11.400 euros: 5.400 por las lesiones y 6.000 euros por la
muerte de su hermano.

La cuantía ha sido solicitada por la defensa de la Fundación Amigos de Galicia, que se presentó como acusación particular y que ha tachado la cantidad de “simbólica” pero “importante para su futuro”. “Con la sentencia dictada hoy nos aseguramos de que sus derechos han sido y serán protegidos, que es nuestro fin”, ha puntualizado el abogado.

Al padre, en prisión por otro delito, le ha sido prohibido acercarse o comunicarse con el menor durante 8 años, una medida que no se impone a la madre porque participa de visitas programadas con el menor. “Ha cambiado mucho su conducta, está apegada al niño y consideramos que es lo mejor”, ha explicado el letrado.

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