en el camino de la historia

Un tratado internacional sobre prevención y preparación de pandemias

Antes que cualquier otra cuestión tenemos que tener claro y asumir que en lo concerniente a la COVID-19 estamos sufriendo una pandemia y, además, sabemos lo que significa este término; ante esto la corresponsabilidad debe ser mundial, por lo que en ningún país, y menos dentro de uno concreto como el español, no tiene por qué existir 17 procedimientos o estrategias epidemiológicas, sino que habrá que arbitrar una determinación única y universal por el órgano máximo en materia sanitaria, que es la Organización Mundial de la Salud.

La Organización Mundial de la Salud, que se fundó el 7 de Abril de 1948 por EE.UU., Reino Unido, Francia y Brasil, está constituida actualmente por 194 miembros, incluyendo todos los Estados de la ONU que designan Delegaciones a la Asamblea Mundial de la Salud, la que, a su vez, elige 34 miembros técnicos en el ámbito de la salud. Y distribuidos por el planeta tiene seis oficinas regionales; para África, para el mar Mediterráneo, Europa, para Asia sur-oriental, el Pacífico occidental y para América. Con lo cual, estas oficinas cuentan con la información suficiente y necesaria que recogen en esas regiones, las que elevan a la Asamblea desde la cual emergen dictados que se distribuyen por aquellas que están afectadas por la pandemia, las que, además, están obligadas a comunicar a los gobiernos de las citadas regiones para que pongan en práctica las consideraciones epidemiológicas a seguir y no las que políticamente se les ocurra a este o aquel gobierno, puesto que la salud es el bien más preciado que tiene el ser humano como para que sea objeto de componendas políticas y de disparates sobrevenidos.

Ante este descontrol y desaguisado evidenciado, y para coordinar los esfuerzos, la Organización Mundial de la Salud, el 1 del mes de diciembre por medio de sus 194 miembros, se alcanzó un consenso para “poner en marcha el proceso de elaboración y negociación de un convenio, acuerdo u otro instrumento internacional” con arreglo a la Constitución de la OMS para reforzar la prevención, la preparación y la respuesta ante pandemias.

Se constituirá un órgano de negociación intergubernamental que celebrará su primera sesión en marzo de 2022, donde se establezca las modalidades de trabajo y los plazos, y una segunda reunión en agosto del mismo año para debatir los avances en el documento de trabajo. A continuación, presentará un informe de situación a la Asamblea Mundial de la Salud de 2023, con el objetivo de que el instrumento se adopte en 2024.

Dado que el siglo XXI es y será el siglo de las enfermedades infecciosas, todas estas resoluciones que se vayan a adoptar por el órgano máximo que entiende de salud es muy “saludable”, porque no solo se podrá actuar en el momento que aparezca el nuevo virus o bacteria, sino que se adelantará a su debido tiempo a los acontecimientos desde el campo de la ciencia y dejar atrás localismos o regionalismos que van en contra de la decisión que se tenga que tomar en una cuestión que no es ni local, ni regional, ni estatal, sino universal, donde una parte por sí sola no avanzará, ya que continuará siendo un eslabón incorregible de la cadena de trasmisión .

Por eso, en determinados países, como en España, algunas organizaciones políticas insisten en que hay que debatir una Ley de Pandemia en el Congreso de los Diputados. No solo es un localismo contraproducente fuera de contexto, sino que nos situaría en un fondo de saco que conduce a… ningún sitio.

De ahí que abordar una pandemia desde la universalidad de la OMS es la mejor idea, la inteligente, la que nos podrá salvaguardar la salud, la economía y el desánimo individual y colectivo.

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