El Tribunal Superior de Justicia de Canarias en sentencia, a fecha 8 de abril de 2022 (notificada el 29 de abril), ha desestimado el recurso de apelación formulado por el Servicio Canario de Salud y, en consecuencia, confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº5 de Las Palmas de Gran Canaria, que resolvió condenar a dicho organismo a indemnizar a una familia (padres e hijas menores), en la cantidad de 180.000 € (70.350 € a cada progenitor y con 20.100 € a cada hija menor), todo ello incrementado con los intereses legales y costas del procedimiento, por el daño moral causado a la familia por la pérdida de un bebé durante el parto de Doña V.R.R.L. en el Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria de Santa Cruz de Tenerife en marzo de 2019.
La mala praxis seguida en la atención al parto, en resumen, se concreta en que la indicación de cesárea urgente se hizo dos horas después de la aparición de patrones no tranquilizadores de la frecuencia cardiaca fetal, que obligaban a analizar muestras de sangre fetal para descartar o comprobar hipoxia, y en su caso practicar esa cesárea.
El bebé nació vivo, aunque agonizante, con un PH de cordón en acidosis extrema, 6.63, consecutiva a asfixia fetal intraparto como corroboró la autopsia.
El Juzgado y posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, estima la teoría mantenida por el letrado D. José Antonio Betes González, abogado colaborador de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ en Canarias, avalado por prueba pericial que contradice los informes de la Inspección médica y del servicio de ginecología del centro hospitalario.