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Cuatro años de prisión por lanzar al suelo a un hombre que quedó con graves secuelas

La víctima se golpeo la cabeza, quedándole como secuela una afasia global que le impide leer y escribir
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Tribunal Superior de Justicia de Canarias. DA

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado una condena de 4 años de cárcel para un hombre que lanzó a otro contra el suelo y se golpeó la cabeza, quedándole como secuela una afasia global, que entre otras consecuencias impide leer y escribir a quien la padece.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social le concedió a la víctima la incapacidad permanente y absoluta para el desempeño de todo trabajo.

Los hechos se remontan a julio de 2018, cuando el procesado se presentó en casa de la víctima, en La Laguna, y reclamó la presencia de unos menores amigos de su hijo.

Hubo un intercambio de golpes y en un momento dado el acusado, espoleado por varias personas que lo acompañaban, agarró por la cintura a la víctima y la lanzó con fuerza contra el suelo, golpeándose la cabeza.

En su sentencia, el alto tribunal canario especifica que las personas con afasia global tienen discapacidades graves de expresión y comprensión y que esto puede generar “numerosos problemas de calidad de vida”.

Afecta al trabajo, que perdió, y a “las relaciones de todo tipo”, pues “necesita de forma imperiosa y constante de una persona que le acompañe para realizar cualquier nimio acto de la vida cotidiana”, abunda el fallo.

El TSJC desestima el recurso presentado por la defensa del acusado, que esgrimía que no se tuvo en cuenta que en la trifulca la víctima utilizó una porra, que el acusado no se ensañó con ella, pues hubo “un único acometimiento”, o que hubo una reparación parcial de los daños, pues consignó 3.200 euros días antes del juicio.

En cuanto a la calificación de la pena, un delito de lesiones en concurso con un delito de lesiones especialmente graves cometido por imprudencia grave, el alto tribunal se centra en la gravedad de las lesiones, hasta el punto de que su vida corrió peligro, para corroborar lo observado en la sentencia apelada.

Al respecto, señala que la lesión producida como consecuencia de la agresión le ha provocado a la víctima “una grave afectación de un órgano principal (cerebro)”.

También tiene en cuenta que la víctima se vio “acorralada”, al estar sujeta por la espalda mientras que los acompañantes del agresor impedían que su mujer e hijo pudieran aixiliarlo, al tiempo que “incitaban” al acusado a “continuar con su acción”.

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