La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha revocado la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que condenaba a un fotógrafo de origen italiano a dos años y medio de cárcel por un delito de pornografía infantil al realizar fotografías y vídeos a menores en las playas de Guía de Isora y en el hotel en el que se hospedaba.
La sentencia, hecha pública este viernes, estima los recursos de apelación de la Fiscalía y la defensa y argumenta que de las fotografías –que aluden a menores en zona de duchas o cambiándose la ropa– no se desprende que tengan “contenido sexual” pues aunque se utilizó el ‘zoom’ reflejan escenas de la vida cotidiana, no hay imágenes de menores desnudas y no se especifica si se tomaron zonas como el pubis, los pechos o los glúteos.
Así, incide en la “contradicción” entre los hechos probados y los fundamentos jurídicos que debió culminar en la nulidad de la sentencia subrayando que de los hechos probados no se deduce “acto ilícito alguno” del condenado.