La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha revisado a la baja, con la oposición de la Fiscalía, tres condenas relacionadas con agresión sexual, en aplicación de la Ley de garantía integral de la libertad sexual, que se suman a otras cuatro revisadas en diciembre, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
En estas revisiones, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha dejado en 12 años y medio una condena de 13 años y medio por agresión sexual a menor de 16 años; en tres años una condena de tres años y nueve meses por tentativa de agresión sexual; y en nueve años una condena de 10 años y un día por agresión sexual a menor de 16 años.
En el primer caso, sentenciado en septiembre de 2020, la Audiencia señala que al acusado se le impuso expresamente la pena mínima de 13 años y seis meses, por lo que cabe aplicarle la pena mínima de la nueva ley, que es de 12 años y seis meses.
En el segundo caso, sentenciado en febrero de 2020, la pena por tentativa de agresión sexual iba de tres a seis años de prisión y en la nueva legislación va de dos a cuatro años.
Al acusado se le impusieron tres años y nueve meses, es decir, más de la pena mínima, debido a la especial vulnerabilidad de la víctima, que padecía retraso mental, y la Audiencia ha decidido rebajarla a tres años, también por encima de la nueva pena mínima.
La tercera revisión corresponde a un abuso sexual continuado a menor de 16 años, sentenciado en enero de 2020, en el que la Audiencia aplicó al condenado el mínimo posible de 10 años y un día, que ahora revisa y deja en 9 años, aplicando el mismo criterio de imponer la pena mínima.