justicia y tribunales

Crimen de Romina: el acusado sólo tendrá que ir a firmar los lunes

La Fiscalía pedía que tuviera que presentarse diariamente
El juicio por el asesinato de Romina Celeste en Lanzarote ya tiene fecha

La Sección Segunda de Audiencia Provincial de Las Palmas ha desestimado los recursos de súplica interpuestos por la Fiscalía y la acusación particular contra el auto del 12 de enero que decretó la libertad sin fianza para el acusado de la muerte violenta de su mujer, Romina Celeste, en Costa Teguise (Lanzarote) durante las navidades de 2019 al cumplirse el periodo máximo de prisión provisional que permite la ley (cuatro años), con la obligación de comparecer todos los lunes en sede judicial y la prohibición de salir del país.

En este sentido, el ministerio fiscal había solicitado que el hombre tuviera que presentarse en el juzgado de manera diaria, medida que no ha sido aceptada, ratificándose así la comparecencia semanal del mismo, según recoge el auto de este mismo martes.

Por su parte, el hombre fue detenido el 13 de enero de 2019 como supuesto autor del asesinato de Romina, de nacionalidad paraguaya y 25 años, dándose la circunstancia de que fue el propio marido el que denunció su desaparición al decir que no sabía nada de ella desde la Nochevieja de 2018.

Sin embargo, los agentes de la Guardia Civil que se encargaron el caso reunieron los indicios suficientes para verificar que no se trataba de una desaparición, sino que habría sido un asesinato de la mujer a manos de su pareja y que posteriormente habría intentado deshacerse del cuerpo por diferentes métodos.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) explicó cuando se hizo público el auto del 12 de enero que se trata de una causa que ha pasado por varios jueces instructores y abogados defensores y cuyo procedimiento, tras habilitarse por el juzgado en agosto para acelerarlo, llegó el 29 de septiembre de 2022 a la Sección Segunda.

En este momento, se apreció que faltaba por realizar un prueba que habían solicitado las partes, por lo que se devolvió al órgano judicial para su práctica.

Con todo, la Sección Segunda recepcionó la causa el 20 de octubre de 2022 con una serie de cuestiones previas para resolver, lo que hizo imposible señalar el plenario.

Dichas cuestiones previas se resolvieron mediante auto de 1 de diciembre, siendo susceptible de recurso ante el TSJC, por lo que la defensa lo recurrió.

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