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El fiscal jefe prevé que no se revisarán de oficio las penas de Las Teresitas

El abogado de Miguel Zerolo desmiente el bulo: “Ni se ha pedido ni se contempla pedirlo; hay que dejar actuar a los tribunales”. Otros dos condenados, Manuel Parejo y José Tomás Martín, sí lo han solicitado ya
Las Teresitas

El nuevo fiscal jefe para la provincia de Santa Cruz de Tenerife, José Luis Sánchez Jáuregui, manifestó ayer que su previsión pasa por que no tenga lugar una revisión de oficio respecto a las penas contempladas en la sentencia, ya firme, del llamado caso Las Teresitas, tras la reciente entrada en vigor de una reforma legislativa que afecta a los tipos penales contemplados sobre el delito de malversación, y que podrían beneficiar a los implicados, si bien ello dista muchísimo de resultar ahora mismo una certeza.

En respuesta a los medios que cubrieron su toma de posesión, celebrada ayer en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de la santacrucera plaza de San Francisco, Sánchez Jáuregui, más allá de recordar que “bastante hemos tenido con la ley de libertad sexual [en alusión a la conocida como ley del solo sí es sí]”, explicó que, como no puede ser de otra manera, en todo caso será a instancias de parte cuando la sala correspondiente “lo estudiará”, pero se esperará a que lo soliciten, lógicamente.

Precisamente, ya se han presentado dos escritos en tal sentido por parte de los abogados defensores de otros tantos condenados, pero ninguno de ellos es el del exalcalde de Santa Cruz de Tenerife, Miguel Zerolo, como se ha asegurado falsamente. Su letrado, el prestigioso penalista local Pedro Revilla, lamentó ayer en nombre de su cliente lo incierto de dicha información: “Ni se ha pedido ni se contempla pedirlo. He recibido instrucciones a ese respecto por su parte, de tal modo que sobre este asunto entiende que habrá que dejar actuar a los tribunales, y que sean ellos los que decidan, -como no podría ser de otra manera- lo que corresponda en Justicia”.

En cuanto a los escritos sí presentados para reclamar posibles beneficios en cuanto a una rebaja de pena dada la modificación legal aludida, se han interpuesto en nombre de Manuel Parejo y José Tomás Martín, exconcejal y exgerente de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, respectivamente, cuando tuvieron lugar los hechos.

En relación a esto, en el escrito presentado por otro penalista tinerfeño de reconocido prestigio como Juan José Rodríguez en nombre de Parejo, se argumenta la solicitud en cuestión en que “a la vista de la entrada en vigor de (…) la modificación del artículo 433 del Código Penal y la introducción del artículo 432 bis, se modifican sustancialmente las penas privativas de libertad y las de inhabilitación y suspensión de empleo y cargo público, siendo la nueva legislación más beneficiosa para mi patrocinado, (…) procede la revisión tanto de la pena privativa de libertad que debe entenderse cumplida y a cuyo fin se interesa la correspondiente liquidación, como las penas de inhabilitación o suspensión que habrán de ser objeto de nueva liquidación”.

Pero tal posibilidad no queda nada clara, como explica Revilla, quien en declaraciones a DIARIO DE AVISOS señala que en el auto dictado recientemente por el magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Pablo Llanera, a cuenta de las posibles consecuencias de la reforma legal que nos ocupa en el caso del prófugo expresidente de la Generalitat catalana, Carles Puigdemont, se considera que (a diferencia de lo sucedido en la llamada ley del solo sí es sí) no se ha cambiado el tipo penal que se aplicó en el caso de Las Teresitas, sino que se han creado dos nuevos, y que, a su juicio, la posibilidad de una modificación a ese respecto se le antoja, jurídicamente hablando, de complicado encaje a este caso.

Sentencia

Resta recordar que la sentencia del caso de Las Teresitas fue ratificada por el Tribunal Supremo en 2019 y a resultas de la cual fue condenado Miguel Zerolo a siete años de cárcel por malversación y prevaricación, los mismos que para Manuel Parejo, además de imponer a los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González [fallecido] cinco años y seis meses de prisión, mientras que al exgerente de Urbanismo José Tomás Martín y su secretario Víctor Reyes les correspondieron cuatro años y medio, al primero, y cuatro años, al segundo, como pena privativa de libertad.

La acusación popular se opondrá a cualquier rebaja de las penas

La acusación popular que ejerce como tal en el llamado caso Las Teresitas, Justicia y Sociedad, sostuvo ayer que la reciente reforma del Código Penal no afectará a los políticos, empresarios y funcionarios condenados por el asunto que nos ocupa.

A su juicio (que comparte en lo esencial el propio abogado defensor -Pedro Revilla- del exalcalde de Santa Cruz de Tenerife, Miguel Zerolo), Justicia y Sociedad remarca que con esta reforma se han creado dos subtipos atenuados (arts. 432 bis y 433) estableciendo penas rebajadas para los que, de una parte, sin ánimo de apropiación, destinen a usos privados bienes públicos que tengan a su cargo, y, de otra, para los que den al patrimonio público que administren una aplicación pública distinta a la prevista. Ninguna de estas modalidades de malversación por “distracción” -aseguran- son aplicables al caso de Las Teresitas en las que la malversación cometida fue por “apropiación”.

Estos nuevos tipos penales rebajados sí serían aplicables a los independentistas catalanes condenados por el Tribunal Supremo en el marco del denominado procés, una interpretación jurídica que, por otra parte, también hay que dejar en suspenso visto el reciente auto dictado por el magistrado del Supremo, Pablo Llarena, y que no se postula precisamente en tal sentido. Sea como fuere, Justicia y Sociedad se opondrá a cualquier revisión de penas.

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