justicia y tribunales

Pagarán 1.800 euros a los policías a los que impidieron subir con su arma al avión en un vuelo desde Tenerife

El tribunal estableció que la compañía debe compensar los daños morales sufridos por los agentes
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Un juzgado de Madrid ha dictado una sentencia en la que condena a Ryanair a pagar 1.836 euros a dos policías que fueron impedidos de embarcar en un vuelo, a pesar de estar de servicio y llevar consigo sus armas reglamentarias. El vuelo desde Tenerife tenía como destino la capital de España y tuvo lugar el 28 de julio de 2022. El tribunal también estableció que la compañía debe compensar los daños morales sufridos por los agentes.

El juzgado de primera instancia número 5 de Madrid falló a favor de los dos agentes y aumentó la cantidad que Ryanair debe pagarles por los perjuicios derivados de la negativa a embarcar en el vuelo mencionado. La aerolínea aceptó pagar 1.436,86 euros, reconociendo así la injustificación de la denegación de embarque y los daños materiales. Sin embargo, se negó a pagar los 400 euros reclamados por los daños morales, argumentando que dicha cantidad no estaba justificada y que debería estar incluida en las compensaciones previstas en el reglamento europeo que regula los casos como este.

La magistrada en su sentencia no comparte esta tesis y deja claro que el Tribunal Supremo ha establecido que la indemnización por daño moral, en casos de retrasos o cancelaciones de vuelos, puede otorgarse de forma independiente a las cantidades establecidas en el mencionado reglamento.

Según la demanda, aquel 28 de julio, los agentes, que se encontraban en servicio, se dirigieron a la puerta de embarque, donde se les negó el acceso al avión con sus armas, a pesar de haber cumplimentado el documento necesario para llevarlas en la cabina.

Como resultado, ambos tuvieron que comprar nuevos billetes al día siguiente debido a la necesidad de llegar a su destino por motivos profesionales. La sentencia destaca que no solo la negativa de embarque carecía de justificación legal, sino que también ocasionó a los agentes la necesidad de soportar el agotamiento físico y mental de buscar vuelos alternativos, la angustia y ansiedad derivada de la incertidumbre, gastos inesperados, la pérdida de un día en la llegada a su destino y tener que pasar una noche en otra ciudad.

Además, la sentencia señala que como resultado de la actuación injustificada de la demandada, los agentes se vieron obligados a presentar una demanda y seguir un proceso judicial hasta la emisión de la sentencia, lo que agravó el daño moral sufrido.

Los abogados de los agentes, en representación del sindicato policial Jupol, Manuel Chamorro e Ignacio Aznar, consideran que esta fue una “práctica abusiva” por parte de la compañía, ya que los policías “cumplían con toda la documentación reglamentaria y simplemente estaban realizando su servicio”.

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