La Audiencia de Málaga ha emitido una condena contra un hombre por abusar sexualmente de su hija, quien tenía tan solo seis años en el momento del delito. La sentencia impone una pena de dos años y medio de prisión, pero se ha decidido sustituir esta pena por la expulsión del territorio nacional durante un período de diez años.
Los hechos probados en la sentencia revelan que el acusado, nacido en Holanda, aprovechó una ocasión indeterminada en 2011 para ingresar a la habitación de su hija, donde esta dormía junto a otro hijo de corta edad. En esa situación, el hombre se acercó a la niña y comenzó a tocar sus partes íntimas por debajo de su ropa interior, lo que le ha llevado a ser condenado por un delito de abuso sexual.
Además de la pena de prisión, se le ha impuesto una medida de libertad vigilada que prohíbe al hombre aproximarse a la víctima a menos de 500 metros, así como acercarse a su domicilio o lugares frecuentados por ella, y tampoco puede comunicarse con la niña en ningún medio.
En cuanto a la responsabilidad civil, la sentencia no establece ninguna decisión al respecto, ya que el acusado abonó la cantidad de 10.000 euros antes del juicio.
El tribunal ha decidido la expulsión del territorio español como sustitución de las penas privativas de libertad por un período de diez años, y esta medida ha sido aceptada por ambas partes involucradas, incluido el fiscal, la acusación particular y la defensa del acusado.
La sentencia fue dictada in voce durante el juicio y es firme, dado que todas las partes llegaron a un acuerdo con la acusación después de que el fiscal modificara su escrito, teniendo en cuenta las dilaciones indebidas ocurridas desde que se cometieron los hechos.