justicia y tribunales

Condena por obras en un paraje protegido de La Orotava

Un año y seis meses de cárcel al propietario del restaurante Bollullo por trabajos irregulares en dicho paraje
Vista de la playa de El Bollullo y el negocio de la cala, que queda fuera del fallo judicial. | A. M.
Vista de la playa de El Bollullo y el negocio de la cala, que queda fuera del fallo judicial. | A. M.

Una sentencia del pasado 3 de octubre del juzgado de lo penal número 1 de Santa Cruz de Tenerife, al que ha tenido acceso este periódico, condena al propietario del restaurante Bollullo Beach a la pena de un año y seis meses de prisión por unas obras en sus negocios del paraje protegido de El Rincón, en La Orotava, actuaciones que este fallo judicial considera ilegales, dando la razón así a la Fiscalía, que pedía dos años de cárcel, y a la Coordinadora Ecologista El Rincón, que solicitaba cuatro por entender que también hubo trabajos irregulares en el chiringuito de la playa de El Bollullo, en un espacio para aparcamientos y otras intervenciones. No obstante, la sentencia no se refiere a estos otros trabajos y sí al negocio mayor.

Estas obras en el restaurante de la parte final de la vía que llega a El Bollullo y en la instalación en la playa fueron denunciadas por la Coordinadora ecologista El Rincón, fueron ejecutadas entre enero de 2018 y el 17 de marzo de 2021 por Mercafuvre SLU.

El fallo, que el propietario lo recurrirá ante la Audiencia, fija también una “inhabilitación especial” al dueño “para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo durante la condena; pena de multa de 12 meses a razón de 20 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos impagos, y su inhabilitación especial para profesión u oficio relacionado con la construcción y ejecución de instalaciones hosteleras por tiempo de un año”.

En declaraciones a DIARIO DE AVISOS, el dueño recalcó ayer que, aunque por supuesto acata la decisión de la juez, presentará recurso por no compartir sus conclusiones y la sentencia. A su juicio, “no se han tenido en cuenta la presentación de proyectos y petición de licencias” que hizo en el Ayuntamiento orotavense y no se refleja la realidad de su negocio. Cabe destacar que en el caso de ser condenado en firme, al no tener antecedentes, no entraría en prisión, tal y como marca la legislación española para penas inferiores a dos años.

Pese a la sentencia, la actividad en el restaurante y el chiringuito de la playa seguirá, pues no se ha fallado, en ningún caso, a favor de un cierre.