La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha reducido de cuatro años a dos y medio la pena de cárcel a un hombre condenado en primera instancia por abusos sexuales a su sobrina, menor de edad, aunque con el voto particular de una magistrada.
El alto tribunal canario mantiene el resto del fallo como es el pago de 5.000 euros, la obligación de que tras salir de prisión el hombre debe mantenerse alejado de la denunciante un mínimo de 300 metros y no poder comunicarse con ella durante seis años, en los que permanecerá en libertad vigilada.
Los hechos ocurrieron el 24 de octubre de 2021, antes la aprobación de la conocida como ‘ley del sí es sí’, que unifica los delitos de abusos y agresión sexual en el segundo.
Según se recoge en la sentencia, el procesado compartía sofá cama con su sobrina, de 17 años, y en un momento dado, aprovechándose de que estaba dormida, abusó de ella.
Como consecuencia de lo ocurrido la joven presenta sintomatología ansiosa relevante, por lo que en su día se le recomendó acudir a terapia psicológica a corto o medio plazo.
El TSJC considera que en la imposición de la condena sólo se tuvo en cuenta el testimonio de la víctima y un elemento periférico de corroboración como es el intento de llamada de la joven a la madre por la noche.
Una magistrada se opuso a la reducción de la pena y emitió un voto particular en el que respaldó el testimonio de la víctima al considerarlo prueba de cargo “eficaz, suficiente, bastante y válida”, y lo da por creíble.