Desde un impacto provocado por una pequeña piedra de grava hasta la caída de una rama, pasando por los cambios bruscos de temperatura, diferentes motivos pueden provocar daños en la luna delantera de un automóvil. Por ello, los profesionales del sector asegurador aconsejan elegir seguros de coche que cubran las lunas del vehículo.
¿Se puede circular con el parabrisas dañado?
Respecto a ese tipo de siniestros, el Reglamento General de Circulación, en sus artículos 18 y 19, establece lo siguiente:
- El conductor de un automóvil está obligado a mantener un campo de visión que garantice su seguridad, así como la del resto de los ocupantes del vehículo y de los demás usuarios de la vía.
- La superficie acristalada de un coche debe permitir la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule.
A tenor de lo dispuesto en la citada norma, queda claro que no se puede circular con un parabrisas dañado si los desperfectos afectan a la visibilidad y la seguridad. En situaciones así, un conductor se arriesga a ser sancionado con una multa de hasta 200 euros e incluso a la inmovilización del vehículo.
¿Un seguro de coche a terceros cubre los daños del parabrisas?
Ante cualquier desperfecto en el parabrisas, los expertos en seguridad vial recomiendan reemplazarlo cuanto antes. Una operación que puede realizarse sin coste alguno siempre que se disponga de un seguro de coche que cubra los daños que sufran las lunas del vehículo.
En el caso de los seguros obligatorios, popularmente conocidos como seguros a terceros, cubren la rotura del parabrisas siempre y cuando la misma haya sido ocasionada por los denominados riesgos extraordinarios. A saber:
- Fenómenos de la naturaleza. Concretamente, terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas atípicas y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.
- Acciones violentas como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
- Actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz.
En alguno de estos supuestos, la cobertura de Riesgos Extraordinarios del seguro a terceros, a través del Consorcio de Compensación de Seguros, cubre los daños que sufran los cristales de un vehículo.
¿Qué otras garantías cubren la rotura de los cristales?
De cara a estar más protegidos aún, es importante contratar seguros a terceros ampliados que incluyan la cobertura de Rotura de Lunas. Esta garantía cubre la reparación, colocación y sustitución del parabrisas, la luneta trasera y las ventanillas laterales cuando los daños sean debidos a una causa ajena a la voluntad del asegurado. Un ejemplo habitual, como se ha comentado anteriormente, son los impactos accidentales de gravilla.
Asimismo, un seguro de coche que incluya las coberturas de Incendio y Robo facilita reemplazar los cristales que resulten dañados en dichos supuestos. Y, finalmente, el seguro a todo riesgo, con la garantía exclusiva de Daños Propios, cubre las roturas de lunas cuya responsabilidad sea atribuible al propio asegurado.
En cuanto a los daños que sufran los cristales de un automóvil como consecuencia de un siniestro provocado por otro conductor, será la compañía aseguradora de este último o el Consorcio de Compensación de Seguros, si careciese de seguro o se hubiese dado a la fuga, quien se ocupe de resarcirlos.