La autorización estatal al referéndum puede tardar entre dos meses y dos años

El resultado de la consulta popular, en caso de llevarse a cabo, no sería vinculante y solo podría llevarse a cabo si el Estado establece que las preguntas planteadas a los ciudadanos no exceden las atribuciones del consistorio local

El resultado del referéndum aprobado por el pleno extraordinario del Ayuntamiento de Fuencaliente el pasado jueves es de carácter consultivo, por lo que su resultado, una vez se lleve a cabo en un plazo de tiempo aún sin determinar, no será vinculante y solo podrá llevarse a cabo si el Estado establece que las preguntas planteadas a los ciudadanos no exceden las atribuciones del consistorio local.

El Ayuntamiento de Fuencaliente remitirá hoy lunes al Gobierno de España el acuerdo plenario que aprobó la celebración de esta consulta popular sobre la Fuente Santa, un documento que incluirá las tres preguntas pactadas en la sesión plenaria celebrada la tarde del jueves y que obtendría respuesta del Estado en un plazo que puede oscilar entre dos meses y dos años.

Imagen de uno de los instantes del pleno celebrado la tarde del jueves sobre la consulta popular. | DA
Imagen de uno de los instantes del pleno celebrado la tarde del jueves sobre la consulta popular. | DA

El referéndum que celebraría el municipio de Fuencaliente en caso de que el Gobierno dé su visto bueno será resultado de una tramitación administrativa que podría requerir de la redacción de varios informes y la remisión del consistorio, a petición del Estado, de datos concretos que acrediten y avalen el interés municipal de la consulta popular que ha planteado el pleno.

La posible celebración de la consulta ciudadana que plantea el Ayuntamiento de Fuencaliente está regulada por la Ley del año 1985 de Bases de Régimen Local, lo que obliga a que el consistorio acredite la relevancia que para los vecinos consultados tiene su realización sin que exceda de las competencias municipales. El Gobierno central deberá evaluar si las preguntas de este referendum y su motivación se ciñe o no a los requisitos exigidos y la autorización deberá ser otorgada por el Consejo de Ministros.

Las preguntas planteadas proponen señalar con un sí o un no la posición vecinal sobre el proyecto de uso y explotación de las aguas de Fuente Santa redactado por Carlos Soler y su equipo; sí o no al proyecto de Piedra de Fuego ganador del concurso convocado por el Cabilod, además de plantear si el modelo de gestión debe ser público y municipal.