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El uso tramposo y torticero de los cinco minutos de recuperación por lesión o sangrado

José Hernández Moreno, el secretario de la Facultad de Ciencias de la Actividad física y del Deporte, reflexiona sobre la práctica utilizada, sobre todo por puntales y destacados, de fingir lesión en beneficio propio y pide su urgente regulación para evitar el fraude y la trampa
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Últimamente estamos viendo con cierta frecuencia, como hay luchadores que solicitan los 5 minutos que el Reglamento de la Lucha Canaria posibilita para el caso de lesión. Dicho Reglamento, en su artículo 6.8.5, dice textualmente que “en caso de lesión o si estuviese sangrando”, se le puede conceder a un luchador cinco minutos de recuperación.

Para conocer como es la regulación dicha situación en aquellos otros deportes similares a nuestra Lucha Canaria, he consultado los reglamentos de los que en estos momentos son olímpicos (Boxeo, Esgrima, Judo, Taekwondo, Lucha Libre Olímpica y Grecorromana), más el Kárate, y en ninguno de ellos he podido encontrar una norma de ese tipo, salvo error u omisión por mi parte.

Estamos comprobando cómo, en algunos terrero, hay luchadores y/o mandadores que están empezando a hacer un uso tramposo y torticero de dicho artículo, ya que, de una manera manifiesta, lo emplean para recuperarse, no de una posible lesión, sino claramente del cansancio de la brega, lo que va en perjuicio del otro luchador con el que están enfrentándose y del equipo con el que se está compitiendo, lo que nos parece que atenta contra la nobleza de nuestra lucha y contra la competición. Esta forma de proceder nos parece que es fingir una lesión que no se tiene haciendo con ello un uso torticero del reglamento, para, tal como dice el Diccionario de la RAE: “Representar o hacer creer algo que no es verdad con palabras, gestos o acciones”, o bien hacer creer algo que no es verdad mediante hechos o palabras”.

Sorprende, cuanto menos, que en ninguno de los casos, que yo he visto últimamente, ningún luchador ha sangrado ni se le ha observado ninguna lesión, dado que al salir de nuevo a luchar lo que vemos es que se ha recuperado del cansancio resultante de la brega, y nada más. De la misma manera, también nos sorprende que estas situaciones se den, por lo general, al final de la luchada, cuando un luchador, de uno de los dos equipos, se queda solo y tiene que enfrentarse al resto de los que queden del otro equipo, siendo además dicho luchador, por lo general, puntal o destacado.

Lo que está ocurriendo es que se está causando un grave perjuicio a nuestra lucha canaria ya que, esta forma de proceder atenta contra una de sus esencias: su nobleza. Y, también va en contra del espectáculo que se prolonga innecesariamente y pierde emoción. ¿Qué pensaríamos si vemos que un boxeador, un judoca, o un esgrimista abandonan el cuadrilátero, o el tapiz durante un combate, a no ser pare ser atendido por un médico? ¿Qué dirían si en una prueba de atletismo cuando esté terminando la misma, se interrumpiese y se parase el cronómetro para atender a un atleta supuestamente lesionado?

La situación que estamos analizando se agrava mucho más, debido a que el luchador o el mandador solicita los cinco minutos, en la mayoría de los casos, después de haber permanecido varios minutos tendido sobre el terrero y de haber pasado los dos minutos reglamentarios entre agarradas. Por lo que suelen transcurrir entre 10 y 15 minutos de parada de la luchada. También observamos que no hay ningún facultativo relacionado con la medicina (médico, enfermero, etc.) que lo revise para comprobar su estado o posible lesión. Y, además el luchador se va al vestuario sin que el árbitro lo acompañe para saber que le van a hacer o qué hace el luchador.

Se suele decir, como único argumento, que el árbitro, al no ser médico, se ve en el compromiso de tener que conceder dicho tiempo, pero no se establece ningún tipo de condiciones ni de control sobre dichos cinco minutos. Y, además al árbitro no le corresponde determinar si el luchador está lesionado o no. Su responsabilidad es la de llamar al luchador a luchar y si este no se presenta darle la agarrada por perdida, si así procediese. La responsabilidad de determinar si el luchador está lesionado, o no, debe ser de un facultativo habilitado para ello, y del luchador para salir a luchar o no cuando el árbitro lo llame para iniciar la brega.

Cuando he hablado con el presidente de la Federación, al respecto de dicha situación, su respuesta ha sido que a él también le parece inadecuado el proceder, pero que no se ha podido eliminar dicho artículo porque la Asamblea no lo ha aprobado. Pienso que dicho artículo no debe eliminarse, sino que lo urgente es que se regule dicho uso para evitar el fraude y la trampa. Urge que la Federación le Lucha Canaria tome cartas en el asunte e implante, a través, de la Dirección Técnica, un procedimiento claro para su aplicación, en el que se concreten de manera explícita las evidencias y condiciones que le permitan al árbitro poderlas aplicar sin tener que recurrir a interpretaciones ni valoraciones para las que no está capacitado ni son funciones propias del mismo.

Desde nuestro punto de vista algunas de las condiciones que necesariamente deben tenerse en cuenta antes de conceder dicho periodo de parada podrían ser los siguientes:
1.- Hacer la petición inmediatamente, al terminar la agarrada, y no después de pasar los 2 minutos de descanso reglamentario.
2.- El árbitro observará si existe alguna evidencia externa de lesión: sangrado o fractura, antes de conceder los 5 minutos de descanso.
3.- Si existe asistencia médica oficial en el terrero el árbitro pedirá su colaboración para observe al luchador.
4.- El luchador, o algún responsable de su equipo, debe alegar la causa de la petición de los 5´ y, la misma debe ser registrada en el acta.
5.- Durante los 5´, el luchador no puede abandonar el terrero, salvo en el caso de que un médico o auxiliar de enfermería deba hacerle algún tipo de asistencia, y siempre en presencia del árbitro.
6.- No necesariamente debe emplearse dicho tiempo en su totalidad, sino el mínimo imprescindible para comprobar si el luchador está o no lesionado.

Si la Lucha Canaria quiere ser un deporte que se rija y funcione conforme a las normas y procedimientos del deporte actual, no puede seguir ofreciendo un espectáculo en esas condiciones. Ninguna televisión ni medios de comunicación pueden estar tanto tiempo transmitiendo un espectáculo con esas paradas. Ni tampoco los espectadores merecen ese trato. Urge resolver dicha situación por parte de la Federación de Lucha Canaria elaborando y poniendo en práctica el procedimiento a seguir para su aplicación.

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