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Vacacionales y tres llaves

En mayo vuelven las vacacionales, el primer decreto de mayo de 2015 y el segundo mayo 2018. En este tiempo dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a instancias de Fevitur, la CNMC y Abogacía del Estado y Ascav, la asociación canaria del ramo. Las sentencias desmontan el decreto canario, señalando que incumple la propia Ley de Turismo, al prohibir sin razones esta nueva categoría turística, en zonas turísticas. Y al tiempo operar sin causa, contra los principios de libertad de empresa y prestación de servicios, que conforman el espacio legal europeo y nacional. Aumenta el asombro que el decreto se realice estando el anterior en los juzgados y recurrido en el Supremo. Proponerlo sin hablar con el sector, ignorando las resoluciones judiciales y en actitud obstruccionista. La nueva sociedad digital está cambiando las relaciones entre empresas y personas, situando a quienes no quieren que nada cambie al estar protegidos en sus mercados tradicionales, las llamadas “minorías intensas”, en los que ahora aparecen nuevos actores y consumidores. Esta huida hacia delante del Gobierno será un camino plagado de conflictos y costes. No parece inteligente asumir un fenómeno turístico global, ignorándolo y sometiéndolo a una carrera de obstáculos. Decimos de tres llaves, no por la categoría turística, sino por el mecanismo triple del nuevo decreto, poniendo obstáculos a nivel “autonómico, insular y municipal”. Tres barreras superpuestas que hay que salvar para llegar a la meta. Por si fuera poco, el decreto cambia el principio de la “legislación de servicios”, planteando “prohibir todo aquello que no esté expresamente permitido”, lo contrario de la ley. Suprime la aparición de nueva oferta vacacional, que envía al futuro, hasta tanto se apruebe el nuevo planeamiento urbanístico. Un plan municipal está tardando 10 años, valgan de referencia los 20 años de Santa Cruz. En el juego de las tres llaves, el decreto hace dejación de competencias indelegables propias de la autonomía, trasladándolas al Cabildo vía Plan Insular, las territoriales y a los ayuntamientos las urbanísticas, por lo que el caos está servido. En el extremo cada uno podrá hacerse las viviendas a su gusto, imponiendo cada ayuntamiento estándares más exigentes. Más líos, el decreto nuevo incumple los principios de libertad de empresa, cuando define el uso vacacional turístico como “complementario” del residencial, prohibiendo su implantación independiente como uso ordinario y por ello ligado siempre al residencial, contradictorio al tiempo con las vacacionales unifamiliares. Como se diseña para poner pegas, no se resuelve la supuesta doble tramitación en su apertura, aclarando la Ley de Actividades Clasificadas, donde sólo bastaría concretar que la apertura como vivienda cubre el trámite de actividades. No es posible con un decreto exigir más personal, o poner pólizas de responsabilidad civil discrecionales. Más enredos, bajo el eufemismo de “suelos distintos”, parece referirse el decreto a los suelos rústicos, cuya situación sólo está salvada en la Ley de las Islas Verdes, cuando estos soportan una parte importante de la oferta. La vacacional en Canarias ofrece más de 30.000 viviendas, con sólo 6.000 dadas de alta. El 80% restante debe estar en las prohibidas. Pudiendo representar sus ingresos en torno al 15% del sector. El segmento con mejor adaptación ambiental y que mayor renta deja en destino. Hoy no hablo de la vivienda pública abandonada, al igual que de la inversión pública y del mantenimiento. La vacacional precisa seguridad jurídica y la libertad que le dan las leyes básica y europea.

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