economía

Baleares multa a Iberia por cancelar el billete de vuelta si no se usa la ida

Se trata de una "infracción muy grave" y, para sancionarla, se ha teniendo en cuenta la "reiteración" y la "reincidencia" de la compañía
Un avión que cubría la ruta Gran Canaria-Madrid regresa a la Isla por problemas técnicos. | EP

La Dirección General de Consumo de Baleares ha sancionado a Iberia con 448.00 euros –la cifra más elevada que se ha impuesto desde Consumo– por aplicar la cláusula ‘no show’, por la que si el pasajero no utiliza el trayecto de ida o de enlace, la compañía aérea cancela automáticamente el resto de trayectos dentro del mismo billete y, por tanto, el usuario los pierde “aunque los haya pagado”.

Así lo ha anunciado este lunes en rueda de prensa la consellera de Salud, Patricia Gómez, y el director general de Consumo, Francesc Dalmau, quien ha declarado que Iberia es “responsable de una infracción muy grave” y ha añadido que la sanción se ha impuesto teniendo en cuenta la “reiteración” y la “reincidencia” de la compañía.

En este sentido, Dalmau ha concretado que la compañía ya había cometido otras infracciones relacionadas con los derechos de los consumidores y, asimismo, había estado sancionada en los últimos tres años por la misma infracción y se la había multado con casi 60.000 euros.

En relación a este caso concreto, el director ha señalado que la resolución de Consumo parte de siete expedientes de reclamación mediante las que se inició la intervención del Servicio de Inspección y que, al rastrear la página web de la compañía Iberia, constataron que, en el apartado de condiciones generales del contrato aparecía la cláusula ‘no show’.

Dicha cláusula vulnera una norma estatal –el Real Decreto legislativo 1/2007–, una de autonómica –la Ley 7/2014–, y además, ha estado declarada “recientemente como abusiva” por el Tribunal Supremo en la sentencia 631/2018.

En esta línea, la resolución de Consumo hace referencia a las sentencias previas sobre esta cláusula, como la del Juzgado Contencioso Administrativo número tres de Melilla en la que se dice que no se pueda alegar como justificación que “la compañía sufra un perjuicio por dejar un asiento libre que podría servir para otro pasajero”.

Dalmau ha explicado, que “lo que pierde la compañía es el billete para otro pasajero y por tanto, la posibilidad de beneficiarse otra vez” con la venta de otro trayecto.

El director, asimismo, ha explicado que contra dicha resolución Iberia puede interponer un recurso de alzada “a lo largo de esta semana” ante la Conselleria de Salud.

Iberia recurre la sanción

a aerolínea Iberia recurrió la semana pasada a la sanción de 448.000 euros que le había impuesto la Dirección General de Consumo del Govern balear por aplicar la cláusula ‘no show’, por la que si el pasajero no utiliza el trayecto de ida o de enlace, la compañía aérea cancela automáticamente el resto de trayectos dentro del mismo billete.

Según han informado fuentes de Iberia a Europa Press, aunque el Govern haya anunciado este lunes la sanción, la compañía recibió el pasado 7 de noviembre la resolución y la consideró “desproporcionada”.

Por este motivo, la aerolínea presentó un recurso de alzada contra dicha resolución el pasado 5 de diciembre y, asimismo, ha anunciado que desde Iberia se está trabajando para “modificar la cláusula” en función de la sentencia del Tribunal Supremo que permitirá que no se cancelen más vuelos.

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