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El Supremo confirma la inadmisión de la queja de dos de los areneros condenados

Plasencia y Morales, los recurrentes ante el TS, así como Pedro Sicilia, deben afianzar cantidades millonarias para evitar la cárcel, al no ser admitidos, por ahora, sus planes de restauración
Sicilia, Morales y Plasencia, aceptaron la culpabilidad para no ir a juicio y llevan casi tres años recurriendo a distintas instancias. / DA

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS), tal y como había propuesto el fiscal, aceptó la inadmisión del recurso de queja presentado en octubre por Antonio Plasencia y José Enrique Morales, dos de los empresarios condenados en enero de 2016 por el llamado caso Áridos, por lo que deben afianzar unos avales millonarios para evitar la prisión.

Hace cinco días, el fiscal de esa misma sala del Tribunal Supremo (TS), con fecha del 11 de diciembre, solicitó al magistrado Manuel Marchena la inadmisión del recurso de queja presentado en octubre por Antonio Plasencia y José Enrique Morales, dos de los empresarios condenados en enero de 2016 por el llamado caso Áridos.

Ahora, el TS mantiene así la queja inadmitida en su día por la Sala Segunda de la Audiencia Provincial, como consecuencia del auto del 25 de enero de 2018 donde se acordaba el afianzamiento -168 millones de euros para tres de los cuatro condenados- si querían prorrogar un año la entrada en prisión, mientras tenían que presentar planes para restaurar el equilibrio ecológico perturbado, prorroga que acaba dentro de un mes, sin que hasta ahora ningún plan de rehabilitación presentado haya sido admitido por las administraciones, aunque Antonio Plasencia insiste en que el suyo está pendiente de la declaración de impacto ambiental que debe ser trasladada a la Consejería de Industria. La Audiencia Provincial, que ya no admitió la casación, procederá ahora a declarar que hay lugar al afianzamiento inmediato o la entrada en prisión, no solo de Plasencia y Morales, sino también de Pedro Sicilia, el otro condenado, mientras que Francisco del Rosario cumple condena de tres años y medio, al no aceptar el veredicto de culpable y seguir en el juicio oral que terminó condenándole.

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