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El corte municipal de los vertidos en el emisario del Polígono de Güímar fue legal

Los empresarios habían demandado a los ayuntamientos implicados (Arafo, Candelaria y Güímar), pero la Justicia descarta anular el acto administrativo al tratarse de una orden dada por Medio Ambiente
Los empresarios del polígono se consideran perjudicados por el cierre del emisario, decretado en 2017. DA

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado una demanda interpuesta por la Asociación de Propietarios y Empresarios del Polígono del Valle de Güímar contra los tres ayuntamientos de esta parte de la Isla a cuenta de su decisión de frenar los vertidos al mar hasta no contar con la debida autorización legal para ello.

Esta decisión de la Justicia viene a dar la razón a los argumentos jurídicos planteados por las representaciones legales de dichas corporaciones locales, ejercidas por Francisco Gutiérrez (Arafo), Víctor Medina (Candelaria) y Eduardo Arias (Güímar).

Básicamente, la demanda fue presentada por los empresarios del polígono contra el acto administrativo dictado por el Ayuntamiento de Arafo en mayo de 2017 que supuso “el cese inmediato del vertido que se realiza a través del emisario de dicho polígono hasta tanto se obtenga autorización”.

Ahora el juzgado recuerda que “todo vertido que se realice desde tierra al mar en Canarias ha de contar con la correspondiente autorización (…) a otorgar por la Viceconsejería de Medio Ambiente” y que, en realidad, los ayuntamientos se limitaron a cumplir “una medida cautelar impuesta por otra administración”, en este caso, la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural del Gobierno de Canarias (Apmun), dependiente de la citada Viceconsejería regional. En realidad, sostiene el juzgado, los empresarios tenían que haber presentado la demanda contra la Apmun.

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