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Nuevo varapalo del Supremo al decreto del alquiler vacacional

El Tribunal anula, otra vez, el documento del Gobierno canario y permite que las viviendas se alquilen por habitaciones
Doris Borrego, presidenta de ASCAV. / F.P.

El Tribunal Supremo ha vuelto a dar un nuevo varapalo al decreto de alquiler vacacional del Gobierno canario al anular más preceptos sobre la vivienda vacacional, entre otros el que prohíbe a los propietarios alquilar estas viviendas por habitaciones sueltas. El Supremo revoca así otros artículos de esta normativa que regula el alquiler vacacional en Canarias desde el año 2015, después de que hace unas semanas anulara también su principal limitación: la que prohibía ofrecer este tipo de alquileres en las zonas turísticas.

Esta nueva sentencia, que obedece a un recurso de la Asociación Canaria de Alquiler Vacacional (ASCAV), se reafirma en que vetar las viviendas vacacionales en las áreas turísticas contraviene la libertad de empresa y es una medida que solo puede responder a un intento “por favorecer la oferta de productos alojativos tradicionales”, lo que vulnera la Ley sobre Unidad de Mercado.

El recurso al decreto canario presentado por ASCAV era de “mayor amplitud” que los presentados por particulares, al abordar otros preceptos como la nulidad del artículo 12.1 que prohibía el alquiler parcial de viviendas o alquiler por habitaciones bed & breakfast; y la nulidad del artículo 13.3 ratificando que la mera presentación de la declaración responsable ante el cabildo correspondiente es suficiente para comenzar con el ejercicio de la actividad.

La presidenta de Ascav, Doris Borrego, celebró ayer esta “importante” sentencia porque, a pesar de los cinco años de espera, “al final se nos da la razón”. Apuntó que los argumentos del Tribunal Supremo “vuelven a ser duros y contundentes alegando, por ejemplo, que prohibir esta actividad en las zonas turísticas, infringe claramente la libertad de empresa y la libertad de prestación de servicios, limitando la oferta turística sin justificación suficiente”.
Añade que “no tiene sentido alguno” que la oferta de viviendas vacacionales se trate de excluir de los ámbitos donde debe localizarse preferentemente la actividad turística.

La sentencia también se refiere a la nulidad del artículo 12.1 que prohibía el alquiler parcial de viviendas o alquiler por habitaciones (bed & breakfast), apuntando el Supremo que debe prosperar la impugnación del artículo 12.1 por el que se exige que las viviendas vacacionales sean cedidas en su totalidad al cliente y no puedan ser arrendadas por habitaciones porque considera que “se vulnera la libre oferta de servicios”. En este sentido,, el Alto Tribunal dice que “no hay razones para exigir a un cliente que solo desea contratar una habitación para alojarse, asumir el coste del arrendamiento de la totalidad de la vivienda”. Asimismo, la sentencia se refiere a la nulidad del artículo 13.3 ratificando que la mera presentación de la declaración responsable ante el cabildo correspondiente es suficiente para comenzar con el ejercicio de la actividad. “No es necesario esperar los 15 días que establece el decreto puesto que entonces la declaración responsable, no tendría mucho sentido”.

También anula un artículo que no recurrió el Gobierno en relación a que se obligaba a las viviendas turísticas a un uso exclusivamente turístico, aunque en un periodo determinado el propietario quiera esa vivienda para su uso residencial.

“Solo queremos sentarnos a negociar un documento”

La presidenta de ASCAV, Doris Borrego, señaló que la sentencia respalda “plenamente” sus reivindicaciones y destacó que lo más importante es que “sienta jurisprudencia”. “A partir de ahora lo que nosotros pedimos es reunirnos con el Gobierno para negociar y elaborar un documento entre todos y con el mayor consenso posible. No queremos peleas ni discusiones, solo un documento que satisfaga a todas las partes implicadas”. Asimismo, insistió en que este fallo en “ningún caso afecta a aquellos apartamentos que se encuentran en complejos turísticos, tal y como está diciendo alguna plataforma”, aseguró.

 

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